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Habiéndose dictado en su día por la entonces Magistratura de Trabajo (hoy Juzgado de lo Social) nº1 de Cádiz la Sentencia núm. 157 de fecha
12 de abril de 1988, en la demanda interpuesta por Dña. Yolanda Pérez Sibón, ratificada por otra de la Sala de los Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en ejercicio de sus competencias, según Acuerdo del Consejo General del Poder Judicial de 18 de mayo de 1989, en el recurso de suplicación interpuesto por la suprascita, cuya parte dispositiva dice así:
"Fallo: Que estimando en parte la demanda deducida por Dña. Yolanda Pérez Sibón, contra la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, debo condenar y condeno a dicha Junta demandada a que por conplemento de categoría y gratificaciones extraordinarias abone a la demandante la suma de doscientas sesenta y cinco mil ciento trece pesetas".
Esta Consejería, a los efectos previstos en el artículo 26.3 de la vigente Ley de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Sevilla, 21 de mayo de 1991
LEOCADIO MARIN RODRIGUEZ
Consejero de Agricultura y Pesca
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