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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 12 de noviembre de 1990, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1531/88 promovido por Don Agustín Vilchez Torralba sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Doña María Isabel Olivares López, en la representación acreditada de Don Agustín Vílchez Torralba contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, de la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, de fecha 5 de julio de 1988, (Rec. 155/88), que en alzada confirma la de 25 de abril del mismo año de la Delegación Provincial en Granada de la expresada Consejería, (Expte. ST 259/87), sobre imposición de sanción, por no ser tales actos conformes a derecho, sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 4 de junio de 1991.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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