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En el recurso núm. 3071/88 interpuesto por Doña Elisa Hidalgo de Trucios, se ha dictado sentencia con fecha 15.1.91, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"Fallo: Que estimando en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Doña Elisa Hidalgo de Trucios declaramos la nulidad de la resolución del Director General de Personal de la Consejería de Educación y Ciencia de 11 de octubre de 1988 y en el listado definitivo que resuelva la convocatoria reseñada incluimos a la actora con 11,25 puntos debiendo la misma ser indemnizada con las retribuciones íntegras que hubiese percibido de haber sido contratada, por la puntuación indicada durante el curso 1987-88 y por los perjuicios ocasionados en cursos posteriores derivados de los nombramientos interinos dejados de obtener a consecuencia de la disminución de puntuación ocasionada por la no inclusión en la lista definitiva que modificamos del curso 87-88".
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 10 de junio de 1991
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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