Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 3/9/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 12 de agosto de 1991, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza la instalación de una línea de 220 kv., entre el apoyo nº 6 de la línea de 220kv. Santiponce-Mérida y la subestación S-1 de la Expo 92 (Sevilla).

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ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- La Compañía Sevillana de Electricidad, SA, solicitó con fecha

23 de Enero de 1990, en la Delegación Provincial de la entonces Consejería de Fomento y Trabajo de Sevilla, autorización administrativa y declaración en concreto de su utilidad pública, para instalar una línea de 220 KV, con origen en el apoyo Nº 6 de la línea "SANTIPONCE-MERIDA" y final en la subestación S-1 de la EXPO 92.

SEGUNDO.- De acuerdo con el artículo 9º del Capítulo III del Decreto

2617/1966, de 20 de Octubre, que regula el procedimiento para el otorgamiento de autorización administrativa en materia de instalaciones eléctricas y el artículo 10º del Capítulo III del Decreto 2619/1966, del 20 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/1966, de 18 de Marzo, sobre expropiación forzosa y servidumbre de paso para instalaciones eléctricas, se sometió el expediente a información pública, habiéndose publicado anuncios en el BOP de 20 de Febrero de

1990, BOJA de 6 de Marzo de 1990, BOP de Sevilla de 10 de Marzo de 1990 y ABC de 15 de Febrero de 1990.

TERCERO.- Se remitieron separadas a los distintos Organismos afectados y entre ellos al Servicios de Costas de Sevilla de la Dirección General de Puertos y Costas, el cual emitió condicionando en el que autoriza el cruce con el Río Guadalquivir de modo provisional hasta el 31 de Diciembre de 1993, sobre la base de modificar dos líneas de 66 KV existentes, tanto técnica como estéticamente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para conceder la solicitada autorización según lo dispuesto en el artículo

7º del citado Decreto 2617/1966, de 20 de Octubre, Reales Decretos

1091/1981, del 14 de Abril, y 4164/1982, de 29 de Diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas y Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 223/1990, de 27 de Julio, sobre reestructuración de Consejerías.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía.

RESUELVE

1º.) AUTORIZAR a la Compañía Sevillana de Electricidad, SA, el establecimiento de la citada instalación, cuyas características principales serán:

- Origen: Apoyo nº 6 de la línea de 220 KV "Santiponce-Mérida".

- Final: Subestación S-1 de la EXPO 92.

- Términos municipales afectados: Camas y Sevilla.

- Tipo: Aérea simple circuito.

- Longitud en Km: 5,42 (1,98 Km. línea primitiva: 3,44 Km. línea modificada).

- Tensión de servicio: 220 KV.

- Conductores: A1-Ac de 454,5 mm2.

- Apoyos: Metálicos galvanizados.

- Aisladores: Vidrio templado E-120/146.

- Finalidad de la instalación: Suministrar energía eléctrica al recinto de la Exposición Universal de 1992.

Con la siguiente condición:

El cruce con el Río Guadalquivir se efectuará con carácter provisional, debiendo quedar desmontado completamente para el 31 de Diciembre de 1993, todo ello de acuerdo con el condicionado emitido por la Dirección General de Puertos y Costas del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, Servicio de Costas de Sevilla, que consta en el expediente.

2º.) DECLARAR EN CONCRETO LA UTILIDAD PUBLICA de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, de 18 de Marzo, sobre expropiación forzosa y servidumbre de paso para instalaciones eléctricas y en su Reglamento de aplicación, aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de Octubre.

La citada instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de Octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de 6 meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el Capítulo IV del Decreto número 1775/1967, de 22 de Julio.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda, en el plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122 y siguientes de la Ley de Procedimiento Administrativo, de

17 de Julio de 1958.

Sevilla, 12 de agosto de 1991.- El Director General, Julio Alba Riesco.

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