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Recibidas solicitudes de los Ayuntamientos de Baza (Granada) y Ronda (Málaga), proponiendo los cambios de Fiestas Locales, fijadas en la Orden de esta Consejería de 21 de diciembre de 1990 (BOJA 107, de 31 de diciembre), estimándose conveniente autorizar los cambios solicitados, en virtud de lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de
28 de julio,
DISPONGO:
Artículo 1º. Autorizar los cambios de Fiestas Locales, para el presente año, fijados por Orden de 21 de diciembre de 1990 (BOJA núm. 107 de 31 de diciembre), en los Municipios y por los días que se detallan en el Anexo de esta Orden.
Artículo 2º. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 30 de agosto de 1991
FRANCISCO OLIVA GARCIA
Consejero de Trabajo
ANEXO
Granada
Baza: Se sustituye el día 30 de mayo por el 12 de septiembre.
Málaga
Ronda: Se sustituye el día 9 de septiembre por el día 10 de septiembre.
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