Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 14/9/1991

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 24 de junio de 1991, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de treinta plazas laborales vacantes en la misma.

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En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad aprobados por Decreto 184/1985, de 31 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, y con el fin de atender las necesidades de Personal de Administración y Servicios.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el Artículo 18 de la Ley 11/1983, de Reforma Universitaria, en relación con el Artículo 3.e) de la misma, así como en los Estatutos de esta Universidad, acuerda convocar pruebas selectivas para proveer treinta plazas de ayudantes de servicios (grupo V del Convenio vigente), en régimen laboral, con sujeción a las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. NORMAS GENERALES

A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables el Real Decreto

2223/1984, de 19 de diciembre, los Estatutos de la Universidad de Córdoba, el Convenio Colectivo aplicable a la misma, y las normas de la presente convocatoria.

2. PLAZAS OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Se convocan para su cobertura treinta plazas en régimen laboral fijo del grupo V del Convenio Colectivo del Personal Laboral de Universidades Andaluzas con la siguiente distribución:

1 plaza reservada a solicitantes que acrediten minusvalía según apartado

4.

29 plazas no reservadas.

3. SISTEMA DE SELECCION

En consideración a la naturaleza profesional y a las tareas a realizar por el personal a seleccionar el sistema de selección será el de concurso-oposición, contemplados en los artículos 3 y 5 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 2223/1984 de 19 de diciembre. No podrá seleccionarse un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

4. PLAZAS RESERVADAS A MINUSVALIDOS

4.1. Se reserva para personas con minusvalía el 2 por ciento del total de las plazas ofertadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Convenio Colectivo, en relación con la Ley 13/1982 de 7 de abril, sobre integración social de los minusválidos (BOE de 30 de abril). Obtendrán plaza aquellos que, de entre todos los solicitantes que participen por esta reserva, obtengan la mayor puntuación, sin que en ningún caso pueda superarse el 2 por ciento anteriormente señalado.

4.2. La opción por esta reserva deberá especificarse en la solicitud de participación e indicarse expresamente en la casilla destinada para ello. La no indicación de esta opción se entenderá como que el solicitante participará por el turno de plazas no reservadas, aunque para el acceso a la plaza obtenida regirán las limitaciones del apartado siguiente.

4.3. La condición legal del mismo se demostrará con certificación expedida por el órgano competente la Administración Pública que corresponda. Igualmente deberá acreditarse, con certificado de la Administración Sanitaria, la compatibilidad para el desempeño de tareas y funciones en el puesto a que se opta.

Las plazas vacantes reservadas y no cubiertas se acumularán a la opción de plazas no reservadas.

5. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de los trabajadores.

c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por Sentencia penal firme.

e) Estar en posesión del certificado de Estudios Primarios o en condiciones de obtenerlo en la fecha que termine el plazo de presentación de solicitudes.

f) Los requisitos establecidos deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes.

6. SOLICITUDES

6.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en solicitud que se adjunta en Anexo II, que se retirará de los servicios centrales de la Universidad y será dirigida al Excmo. Sr. Rector de la Universidad de Córdoba y presentada en el Registro General de dicha Universidad (Calle Alfonso XIII nº 13, DP 14001), sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

A la instancia se acompañará fotocopia del Documento Nacional de Identidad y resguardo de haber abonado la cantidad de 1.500 Ptas., en concepto de derechos de examen, a ingresar en la cuenta abierta en BANESTO Número 6882271 a nombre de la Universidad de Córdoba.

Asimismo se adjuntará a la solicitud las certificaciones y documentos que acrediten los méritos alegados para su valoración en primera fase.

6.2. Los aspirantes con minusvalía deberán indicar en la instancia la minusvalía que padecen. Asimismo, deberán solicitar las posibles adopciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

7. ADMISION DE ASPIRANTES

7.1. En el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, el Rectorado de la Universidad dictará Resolución, que deberá publicarse en el BOE y BOJA, con la lista de admitidos y excluidos e indicación del lugar donde se encuentra expuesta la misma, y la fecha, lugar y hora de la realización de las pruebas. Dicha lista deberá ponerse de manifiesto, en todo caso, en el Tablón de anuncios del Rectorado y en sus correspondientes Centros. En la lista deben constar los apellidos, nombre y número de DNI, así como las causas de exclusión.

7.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el BOE, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

8. CALENDARIO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS

8.1. La oposición no podrá comenzar hasta transcurridos 45 días de la fecha de publicación de la convocatoria en el BOE.

8.2. El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los candidatos que acrediten su identidad mediante la presentación del DNI, pasaporte o documento similar.

8.3. Los aspirantes que no comparezcan a las pruebas quedarán automáticamente excluidos del proceso de selección, salvo en casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

9. TRIBUNAL CALIFICADOR O COMISIONES DE SELECCION

9.1. El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III de estas Bases.

9.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en los supuestos previstos en el artículo 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

9.3. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación y mínimo de diez días antes de la realización del ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

9.4. A partir de su constitución, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

9.5. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo.

9.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en las funciones de las plazas convocadas. Los asesores se limitarán, sin voto, al ejercicio de sus especialidades técnicas, exclusivamente, colaborando con el Tribunal. La Presidencia del Tribunal acordará su incorporación mediante notificación al Asesor o Asesores, exponiéndose en el Tablón de anuncios del local de las pruebas selectivas una copia firmada de la notificación.

9.7. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los demás aspirantes para la realización del ejercicio. En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, en la forma prevista en la base 6.2., las adaptaciones posibles y medios para su realización.

9.8. A los efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Córdoba, calle Alfonso XIII, 13, teléfono 47 31 25. El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

9.9 Los Tribunales tendrán la categoría segunda conforme a lo dispuesto en el Decreto 54/1989 de 21 de marzo (BOJA núm. 31 de 21.4.89).

9.10. En ningún caso los Tribunales podrán aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

10. RELACION DE APROBADOS

10.1. Una vez efectuada la calificación final de los aspirantes, el Tribunal hará público el resultado de la oposición, con los nombres de los aprobados, indicando sus documentos de identidad y elevando dicha relación al Organo competente, para la formalización de los contratos. El Tribunal, igualmente, podrá hacer pública una relación complementaria en la que figure la puntuación obtenida por el resto de los aspirantes no seleccionados y en el caso de que alguno de los solicitantes propuesto no llegase a formalizar el correspondiente contrato, se incluirá en la propuesta al solicitante que le siga en orden de puntuación.

11. PRESENTACION DE DOCUMENTOS

11.1. Antes de la formalización de los contratos, los candidatos seleccionados deberán justificar adecuadamente, en un plazo de veinte días naturales desde que se hagan públicas las listas de aprobados los requisitos siguientes:

a) Fotocopia del Título correspondiente o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para su obtención.

b) Fotocopia del libro de Familia (cuando proceda).

c) Declaración Jurada o Promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas mediante Sentencia Penal firme.

d) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que le imposibilite para el ejercicio de sus funciones, expedida por el facultativo de medicina general que corresponda al interesado. En caso de que éste no esté acogido a cualquier régimen de la Seguridad Social, expedirá por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad y Consumo u Organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas.

11.2. Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieren para acreditar tal condición.

11.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la referida documentación no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera haber incurrido por falsedad de su instancia.

12. FORMALIZACION DE LOS CONTRATOS

12.1. El Organo competente procederá a la formalización de los contratos hasta el límite de las plazas anunciadas y que se hallen dotadas presupuestariamente. Hasta tanto se formalicen los contratos, tras su intervención, los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.

12.2. Estos contratos, una vez formalizados, se inscribirán en el Registro Central de Personal.

13. INCORPORACION Y PERIODO DE PRUEBA

13.1. La incorporación al puesto de trabajo se efectuará dentro de los quince días siguientes a la formalización del contrato, debiendo realizarse un período de prueba de tres meses de duración.

13.2. El personal que supere el período de prueba satisfactoriamente adquirirá la condición de personal laboral fijo.

14. NORMA FINAL

La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se deriven de aquella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas en el plazo y forma establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo.

Córdoba, 24 de junio de 1991.- El Rector, Amador Jover Moyano.

EJERCICIO A REALIZAR POR LOS ASPIRANTES Y VALORACION

Las pruebas consistirán en la realización consecutiva de dos fases:

1ra Fase: Concurso.

Se valorará la experiencia argumentada documentalmente y realizada en los últimos tres años a contar desde 1.1.88.

BAREMO

1. Experiencia en puestos desempeñados en la Universidad de Córdoba......

2,8 puntos por año o fracción.

2. Experiencia en puestos desempeñados en otra Administración Pública...

1,7 puntos por año o fracción.

3. Experiencia en puestos desempeñados fuera de la Administración........

0,8 puntos por año o fracción.

4. Por poseer la titulación exigida..................0,5 puntos.

5. Por otras titulaciones oficiales hasta ...0,3 puntos (0,1 c/u).

6. Por cursos de especialización hasta ...0,2 puntos(0,05 c/u). La experiencia en la Universidad de Córdoba se demostrará mediante hoja de servicios o certificación expedida por el Servicio de Personal de la misma.

La experiencia en otra Administración se demostrará mediante hoja de servicios o certificación expedida por la Unidad correspondiente. La experiencia fuera de la Administración deberá venir acreditada mediante certificación de la Seguridad Social de haber permanecido en alta en los períodos que se indiquen.

2ra. Fase: Oposición.

Consistirá en la realización de un test psicotécnico cuyo contenido y estructura fijará el Tribunal y cuya valoración será de apto o no apto. El personal eventual que acredite ocho meses a menos en la Universidad de Córdoba al 31.12.90, y dado que ya cuenta con una amplia trayectoria y experiencia en el puesto a cubrir, verá sustituido el test psicotécnico por un informe razonado emitido por la Gerencia sobre la aptitud e interés mostrado por el trabajador entre otros elementos de juicio. Este informe será valorado como apto o no apto.

Obtendrán plaza aquellos solicitantes que habiendo obtenido la calificación de apto en el test psicotécnico o informe sustitutorio obtengan la mayor puntuación en el concurso, no pudiendo proclamarse mayor número de aprobados que el de plazas convocadas.

ANEXO II

MODELO DE SOLICITUD

DE PARTICIPACION EN PRUEBAS SELECTIVAS

DE PERSONAL LABORAL

D/Dña. ___________________________________________________________________ con DNI/Pasaporte ________________________________________________________ Nacido el __________________________________en ___________________________ Provincia de _________________________________________________y residencia en C/P ____________________________________Nº ____________________________ Código Postal_____________________________Localidad _____________________ Provincia _______________________________y teléfono _____________________ solicita la participación en las pruebas selectivas convocadas por la Universidad de Córdoba en BOE del día __________________________________ para acceso a plazas del Grupo V de su Plantilla Laboral. Para ello a continuación manifiesta reunir los siguientes requisitos, méritos y experiencia.

A) El solicitante (-) opta, (-) no opta por el turno reservado a minusválidos, y acredita tener la siguiente minusvalía reconocida: __________________________________________________________________________ grado (%) __________________________________, para ello solicita se tengan presentes las siguientes adaptaciones de tiempo y medios: __________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________

B) TITULACION:

Exigida _____________________________Fecha Exp. __________________________

Otras titulaciones:

_______________________________Fecha Exp. ________________________________ _______________________________Fecha Exp. ________________________________ _______________________________Fecha Exp. ________________________________

C) EXPERIENCIA: (Ultimos tres años a contar desde 1.1.88). (-) En la Universidad de Córdoba.

(-) En otra Administración según certificado que se adjunta. (-) Fuera de la Administración.

(-) Otra experiencia que se desea hacer constar:

D) CURSOS DE ESPECIALIZACION EFECTUADOS:

Denominación del

curso Entidad Desde Hasta Tot.Horas

El abajo firmante ha abonado los derechos de examen correspondientes, declara bajo su responsabilidad ser ciertos los datos expuestos, y adjunta cuantos documentos firmados acreditan los méritos alegados.

Córdoba, _________________de _______________de 19_______________ El solicitante

Fdo.: __________________________________________________

MAGFCO. Y EXCMO. SR. RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE CORDOBA

ANEXO III

TRIBUNAL CALIFICADOR

TITULARES:

Presidente: D. Jaime Alvarez-Ossorio Lacave, Gerente de la Universidad de Córdoba, por delegación del Rector.

Vocales 1º. D. Francisco Javier Pipo Jaldo, en representación de la Universidad.

2º. Dña. Rafaela Alvarez Camon, en representación de la Universidad.

3º. D. Pedro González López, en representación de los trabajadores.

4º. D. Luis Francisco Fernández Díez, en representación de los trabajadores.

Secretario: D. Juan Manuel Lucena Llamas, Jefe del Servicio de Personal.

SUPLENTES:

Presidente: D. Francisco Checa Ruiz.

Vocales 1º. Dña. Antonia López Navajas, en representación de la Universidad.

2º. D. Francisco Javier Pereda Pérez, en representación de la Universidad.

3º. D. José María Ortiz Garrido, en representación de los trabajadores.

4º. Dña. M. Angeles Collado, en representación de trabajadores. Secretario: Dña. Antonia Castro Guerra, Jefa del Negociado de gestión de PAS.

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