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De Orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 26 de noviembre de 1988, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 2896/1986, promovido por Compañía Sevillana de Electricidad, SA, sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Que debemos estimar y estimamos el Recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por el Procurador D. Miguel Conradi Rodríguez en nombre y representación de la Compañía Sevillana de Electricidad, SA contra los acuerdos de la Consejería de Trabajo y Bienestar Social de la Junta de Andalucía de 24 de abril y 8 de septiembre de 1986, éste resolviendo en reposición, los que debemos anular y anulamos por no ser conformes con el ordenamiento jurídico, debiéndose devolver la sanción impuesta a la actora si la misma hubiere sido ingresada. Sin costas.
Sevilla, 4 de septiembre de 1991.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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