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En el recurso contencioso-administrativo nº 3712/89 interpuesto por la firma "Sociedad Auxiliar de Distribución, SA (SAUDISA)" contra la Resolución del Excmo. Sr. Consejero de Salud y Servicios Sociales de 28 de junio de 1989 en materia de disciplina de mercado, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla ha dictado Sentencia con fecha 11 de junio de 1991, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por el Procurador Sr. Ramírez Hernández, en nombre y representación de Sociedad Auxiliar de Distribución, SA (SAUDISA), contra resolución, de 28 de junio de 1989, del Consejero de Salud y Servicios Sociales, desestimatoria del recurso interpuesto contra otra, de 9 de diciembre de 1988, del Director General de Consumo, de la citada Consejería, por la que se impuso la sanción de 250.000 pesetas; que confirmamos. Sin costas". En su virtud, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el BOJA, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.
Sevilla, 1 de octubre de 1991
JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ
Consejero de Salud
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