Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 8/11/1991

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE OSUNA

ANUNCIO sobre provisión de plazas.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

BASES QUE HAN DE REGIR PARA LA PROVISION DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACION GENERAL RESERVADA A PROMOCION INTERNA

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.- El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad mediante oposición de una plaza de Administrativo de Administración General, reservada a promoción interna, vacante en la plantilla de este Ayuntamiento, dotada con los emolumentos correspondientes al Grupo C.

SEGUNDA.- CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES.- Para tomar parte en la oposición será necesario reunir los siguientes requisitos:

a) Disfrutar de la condición de funcionario en propiedad de este Ayuntamiento, perteneciente a la Subescala de Auxiliares de Administración General, con un mínimo de dos años de antigüedad en la Subescala.

b) No padecer enfermedad o defecto físico que le impida el normal ejercicio de la función.

c) Estar en posesión del Título de Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado ó equivalente, ó hallarse en condiciones de obtenerlo en la fecha de terminación del plazo de admisión de solicitudes.

TERCERA.- INSTANCIAS.- Las instancias solicitando tomar parte en la oposición en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Segunda, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, debidamente reintegradas, en un plazo de quince días, contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el Artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

CUARTA.- ADMISION DE ASPIRANTES.- Terminado el plazo de presentación de instancias, el órgano correspondiente de la Corporación Municipal aprobará en el plazo máximo de un mes la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que será hecha pública por edicto en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial y en el "Boletín Oficial de la Provincia", por término de quince días con objeto de oír reclamaciones y subsanar defectos si se produjeren, que serán resueltos por la Comisión de Gobierno, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 71 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo. El acuerdo será adoptado, comprensivo de la lista definitiva, será hecho público.

QUINTA.- EL TRIBUNAL CALIFICADOR.- El Tribunal Calificador de la oposición estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: El de la Corporación ó miembro de la misma en quien delegue. Vocales: Un representante del Profesorado Oficial, designado por el Instituto de Estudios de Administración Local. Un representante de la Junta de Andalucía, designado por ésta. Un Técnico designado por el Presidente de la Comisión de Gobierno. Un funcionario de la Corporación designado por la Comisión de Gobierno de este Ayuntamiento.

Secretario del Tribunal: El de la Corporación ó funcionario de la misma en quien delegue.

Se designarán suplentes que simultáneamente con los titulares respectivos formarán el Tribunal. La designación de los miembros del Tribunal se hará pública en el "Boletín Oficial de la Provincia", así como en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de la mitad más uno de sus miembros, titulares ó suplentes, indistintamente, teniendo competencia y plena autoridad para resolver cuantas incidencias se presenten en la oposición y que no se hallen previstas en las Bases.

SEXTA.- COMIENZO DE LA OPOSICION.- Para establecer el orden en que habrán de actuar los opositores en aquellos ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se verificará un sorteo que será público.

Los ejercicios de la oposición no podrán comenzar hasta transcurrido dos meses desde la fecha en que se publique la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", quince días antes de comenzar el primer ejercicio se publicará en el Tablón de Anuncios. Quince días antes de comenzar el primer ejercicio se publicará en el Tablón de Anuncios el día y la hora del inicio.

SEPTIMA.- EJERCICIO DE LA OPOSICION.- La oposición consistirá de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio.- De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante el periodo máximo de dos horas, un tema de carácter general determinado por el Tribunal inmediatamente antes de celebrarse el ejercicio y relacionado con las materias comprendidas en el programa anejo a la convocatoria, aunque no se atenga al epígrafe concreto del mismo, teniendo los aspirantes amplia libertad en cuanto a su forma de exposición.

Se valorarán de éste ejercicio la facultad de redacción y el nivel de formación general.

Segundo ejercicio.- De carácter obligatorio para todos los aspirantes.

Consistirá en exponer, oralmente, en un período máximo de cuarenta minutos, cuatro temas extraídos a la suerte de entre los comprendidos en programa anejo a la convocatoria. Dos de las partes correspondientes a Principios de Derecho político y constitucional; Derecho administrativo; y Principios de Derecho financiero; dos de Administración Local.

La celebración de las pruebas de este ejercicio será pública.

Tercer ejercicio.- De carácter igualmente obligatorio.- Se desarrollará por escrito, durante un periodo máximo de tres horas y consistirá en la redacción de un informe con propuesta de resolución sobre dos supuestos prácticos que se planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relativo a tareas administrativas cuya realización corresponde a los funcionarios del subgrupo.

Durante el desarrollo de esta prueba los aspirantes podrán, en todo momento, hacer uso de los textos legales, colecciones de jurisprudencia y libros de consulta de los que acudan provistos.

En este ejercicio se valorará la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada explicación de la normativa vigente.

OCTAVA.- CALIFICACION DE LOS EJERCICIOS.- Se calificará cada uno de ellos con un máximo de diez puntos. El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de "0" a "10" puntos.

Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.

El orden de clasificación definitiva, estará determinado por la suma de puntuaciones obtenidas en el conjunto de los ejercicios.

NOVENA.- RELACION DE APROBADOS, PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTOS.- Una vez terminada la calificación de los aspirantes el Tribunal hará pública, en el lugar ó lugares de la celebración del último ejercicio, la relación de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas y elevarán dicha relación al señor Alcalde Presidente del Ayuntamiento. Cualquier propuesta que contravengan lo anteriormente establecido, será nula de pleno derecho.

Las resoluciones del Tribunal tendrán carácter vinculante para la Administración Municipal, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los Artículos 109 y siguientes de la Ley de Procedimiento Administrativo, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas ó trámites afectados por la irregularidad.

Una vez aprobada la propuesta de nombramiento por la Presidencia de la Corporación, el opositor nombrado habrá de tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al que le sea notificado el nombramiento. Si no tomara posesión el aspirante en el plazo indicado, sin causa justificada, quedará en situación de cesante.

DECIMA.- INCIDENCIAS.- El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo lo no previsto en estas Bases, de las que será supletorio el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, Real Decreto 2223/1984, de 19 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, y por cualquier otras disposiciones aplicables.

La convocatoria y las Bases de la oposición, así como las exclusiones de las listas de aspirantes, los nombramientos de los miembros del Tribunal y su recusación, podrán ser impugnados por los interesados, mediante interposición del recurso de reposición ante el Ayuntamiento, en el plazo de quince días a partir del siguiente al que se publicó el correspondiente anuncio en el "Boletín Oficial de la Provincia".

ANEXO

Parte Primera: Derecho Político y Constitucional

Tema 1. El Estado. Concepto. Elementos. Formas de Estado.

Tema 2. La división de poderes. Relaciones entre los poderes del Estado.

Tema 3. La Constitución Española de 1978. Principios Generales.

Tema 4. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 5. La Corona. El Poder Legislativo.

Tema 6. El Gobierno y la Administración del Estado.

Tema 7. El Poder Judicial.

Tema 8. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía; su significado.

Parte Segunda: Derecho Administrativo.

Tema 9. La Administración Pública en el ordenamiento español. La personalidad jurídica de la Administración Pública. Clases de Administraciones Públicas.

Tema 10. Principios de actuación de la Administración Pública. Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

Tema 11. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley: sus clases.

Tema 12. El Reglamento: Sus clases. Otras fuentes del Derecho administrativo.

Tema 13. El administrativo. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas. El principio de audiencia del interesado.

Tema 14. El acto administrativo. Concepto. Elementos.

Tema 15. Principios generales del procedimiento administrativo. Normas reguladoras. Dimensión temporal del procedimiento administrativo: Días y horas hábiles; cómputo de plazos, recepción y registro de documentos.

Tema 16. Fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.

Tema 17. La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables. Convalidación. Revisión de oficio.

Tema 18. Los recursos administrativos. Clases. Recurso de alzada. Recursos de reposición. Reclamaciones económico administrativas.

Tema 19. Principios generales y clases de contratos administrativos. La selección del contratista. Derechos y deberes del contratista y de la Administración.

Tema 20. Los derechos reales administrativos. El dominio público. El Patrimonio privado de la Administración.

Tema 21. La intervención administrativa en la propiedad privada. La expropiación forzosa.

Tema 22. Las formas de la actividad administrativa. El fomento. La Policía.

Tema 23. El servicio público. Nociones generales. Los modos de gestión de los servicios públicos.

Tema 24. La responsabilidad de la Administración.

Parte tercera: Principios de derecho financiero.

Tema 24 bis. Consideración económica de la actividad financiera. El Derecho financiero. Los sujetos de la actividad financiera.

Tema 24. El gasto público y sus clases. El control del gasto público. Idea general del gasto público en España.

Tema 26. Los ingresos públicos: concepto y clases. El impuesto. Las tasas fiscales.

Tema 27. Principios inspiradores de la Ley General Tributaria.

Tema 28. El Presupuesto. Doctrina clásica y concepciones modernas acerca del Presupuesto. Idea general del Presupuesto español.

Tema 29. La Ley General Presupuestaria.

Parte cuarta: Administración Local

Tema 30. Régimen Local español: Principios constitucionales.

Tema 31. La Provincia en el Régimen Local. Organización provincial. Competencia.

Tema 32. El Municipio. El Término Municipal. La Población. El empadronamiento.

Tema 33. Organización municipal. Competencia.

Tema 34. Régimen general de las elecciones locales.

Tema 35. Estructuras supramunicipales. Mancomunidades. Agrupaciones. La comarca.

Tema 36. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 37. Relaciones entre entes territoriales. Autonomía municipal y tutela.

Tema 38. La función pública local y su organización.

Tema 39. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 40. Derechos económicos de los funcionarios. Derechos pasivos. La Seguridad Social.

Tema 41. Los bienes de las Entidades Locales. Régimen de utilización de los de dominio público.

Tema 42. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada. Procedimiento de otorgamiento de licencias.

Tema 43. El Servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión.

Tema 44. Intervención administrativa en defensa del medio ambiente.

Tema 45. Procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida. Requisitos en la presentación de documentos, comunicaciones y notificaciones.

Tema 46. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Requisitos de la constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 47. Legislación sobre régimen de suelo y ordenación urbana: Sus principios inspiradores. Competencia urbanística municipal.

Tema 48. Instrumentos de planeamiento. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 49. Ejecución de los Planes de Ordenación. Sistemas de actuación urbanística. La clasificación del suelo.

Artículo 50. Intervención en la edificación y uso del suelo.

Artículo 51. Haciendas Locales: Clasificación de los ingresos. Ordenanzas Fiscales.

Artículo 52. Régimen jurídico del gasto público local.

Tema 53. Los presupuestos locales. Contabilidad y cuentas.

Descargar PDF