Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 18/10/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

ORDEN de 7 de octubre de 1992, por la que se concede una subvención específica por razón del objeto a la Asociación para la Organización del I Congreso Derecho y Salud, a celebrar en la ciudad de Barcelona.

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Dada la importancia que tiene la actividad programada por la Asociación de referencia, I Congreso Derecho y Salud, para cuantas personas están relacionadas con las materias de Salud y Derecho, y prestan sus servicios en el Sistema Sanitario de Andalucía, que supondrá un intercambio de conocimientos y experiencias de los intervinientes en dicho foro con repercusión favorable en la formación del citado personal conforme previene el artículo dieciocho.14 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y ante la solicitud de ayuda presentada en esta Consejería por la citada Asociación, es necesario prestar el apoyo requerido.

Habida cuenta de cuanto se expresa, existiendo crédito para otorgar la ayuda solicitada, sin que pueda proveerse concurso público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo decimoctavo-tres de la Ley 3/1991, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992, por la especial naturaleza de la actividad a celebrar y las características específicas de la Entidad solicitante; en su virtud y en uso de las facultades que me están conferidas por los artículos 39.6 de la Ley

6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, y 10.b) de la Ley General 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

D I S P O N G O :

Artículo 1.

Conceder a la Asociación para la organización del I Congreso Derecho y Salud una subvención específica por razón del objeto por un importe de doscientas cincuenta mil pesetas (250.000 ptas.) con motivo de la celebración del mismo en la ciudad de Barcelona durante los días 25 al 27 de noviembre de

1992, ambos inclusive, con cargo a la aplicación

2.17.01.481.00.121.7 del Presupuesto de esta Consejería para el ejercicio económico de 1992.

Artículo 2.

El uso de la subvención que se otorga será justificado por el beneficiario mediante presentación, ante esta Consejería, de los documentos de pago que acrediten la aplicación real de dicha subvención, de conformidad, y con los requisitos que le sean de aplicación, con lo dispuesto por el artículo decimoctavo-siete de la Ley 3/1991, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992.

Artículo 3.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 7 de octubre de 1992

JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA Y TORNERO

Consejero de Salud

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