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La Universidad de Granada, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 9.2 de la Ley de Reforma Universitaria, ha propuesto la transformación de la sección de Psicología de la Facultad de Filosofía y Letras en Facultad de Psicología. Participando dicha propuesta de los criterios que vienen inspirando la política de creación de Centros seguida por la Junta de Andalucía, procede la estimación de la misma.
Así pues, de conformidad con lo dispuesto en el art. 19 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, a instancia del Consejo Social de la Universidad de Granada, con los informes favorables del Consejo de Universidades y del Consejo Andaluz de Universidades, a propuesta de la Consejería de Educación y Ciencia y previa delibaración del Consejo de Gobierno en su reunión del día
1 de septiembre de 1992.
D I S P O N G O:
Artículo único. Se crea en la Universidad de Granada una Facultad de Psicología, por transformación de la Sección de Psicología de la Facultad de Filosofía y Letras de dicha Universidad, y se le autoriza para la organización de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Licenciado en Psicología.
DISPOSICIONES FINALES
Primera. Se faculta a la Consejería de Educación y Ciencia para adoptar las disposiciones necesarias para el cumplimiento del presente Decreto.
Segunda. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 1 de septiembre de 1992
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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