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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 3 de junio de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 3171/90, promovido por Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, sobre Sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Que debemos estimar y estimamos el Recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por el Procurador Sr. López de Lemus en representación del Excmo. Ayuntamiento de El Puerto de Santa María (Cádiz) contra el acuerdo de la Dirección General de Trabajo de la Junta de Andalucía de 2 de marzo de 1990, el que debemos anular y anulamos por no ser conformes con el ordenamiento jurídico, si bien por distintas razones de las recogidas en la demanda. Sin costas.
Sevilla, 6 de noviembre de 1992.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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