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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 15 de abril de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 4161/90, promovido por Dialco, S.A., sobre Sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Que debemos desestimar y desestimamos el Recurso Contencioso Administrativo interpuesto por el Procurador Sr. Romero Villalba en nombre y representación de Dialco, S.A., contra acuerdo de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía de 28 de junio de 1990 el que debemos confirmar y confirmamos por ser conforme con el ordenamiento jurídico. Sin costas.
Sevilla, 6 de noviembre de 1992.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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