Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 14/2/1992

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ACUERDO de 3 de diciembre de 1991, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la modificación de elementos de las normas subsidiarias de planeamiento de Nijar (Almería).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Por el Excmo. Ayuntamiento de Nijar se elevó a la Consejería de Obras Públicas y Transportes expediente de Modificación de elementos de las Normas subsidiarias de Planeamiento de Níjar aprobado inicial y provisionalmente el 26 de julio y 29 ,de Noviembre de 1988, respectivamente, a los efectos de su tramitación conforme a lo dispuesto en el art. 50 de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, por cuanto la Modificación tiene por objeto en el suelo urbano de Campohermoso el cambio de calificación de un solar de espacio libre a ensanche intensivo y en la Unidad de Actuación SJ-6, de San José, el cambio de situación por parte de la zona verde contemplada en las Normas subsidiarias de Níjar, aprobadas definitivamente el 17 de diciembre de

1986.

Según lo dispuesto en los arts. 50 de la Ley del Suelo y 162 del Reglamento de Planeamiento, la presente Modificación y cuenta con el informe favorable del Consejero de Obras Públicas y Transportes, concretado en Acuerdo de 28 de junio de 1991, así como dictamen favorable del Consejo de Estado de fecha 1 de octubre de 1991.

En virtud de ello y de acuerdo con lo establecido en los arts. 50 y 162 de la Ley del Suelo y del Reglamento de Planeamiento, respectivamente, art. 4a) del Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, a propuesta del Consejero de Obras Públicas y Transportes, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 3 de diciembre de 1991.

ACUERDA:

1. Aprobar definitivamente la Modificación de elementos de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Níjar, por cuanto su tramitación, contenido y determinaciones no son conformes a la Ley del Suelo.

2. Facultar al Consejero de Obras Públicas y Transportes para que dicte cuantas disposiciones resulten necesarias en desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

Este Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, a los efectos previstos en el art. 56 de la Ley del Suelo y se notificará al Ayuntamiento de Níjar y a los interesados. Contra el presente Acuerdo, en vía administrativa, cabe recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, contado a partir de la última publicación, o en su caso, notificación y el contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Sevilla, 3 de diciembre de 1991

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JUAN JOSE LOPEZ MARTOS

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Descargar PDF