Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 47 y 81 de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local; artículo 78 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, artículos 8 y 100 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986; Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma y demás preceptos de general aplicación. El artículo 13.3. del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de 30 de diciembre, confiere a esta Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de Régimen Local. En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1993, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, ha tenido a bien disponer lo siguiente:
Aprobar el cambio de calificación jurídica de un bien de naturaleza comunal en bien patrimonial o de propias del Ilmo. Ayuntamiento de Frailes (Jaén), para dar cumplimiento a los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento Pleno, en sesiones celebradas los días 16 de septiembre y 22 de noviembre de 1991, publicado el primero de ellos en el BOP de 15 de octubre de 1991, cuya descripción es la siguiente:
Finca rústica denominada "Eras del Mecedero" con una superficie de 4910 m2., linda:
Norte: calle Mecedero
Este: Barranco y Huerto de Feliz Zafra
Sur: Río Sotorredondo
Oeste: Francisco Romero Peña.
Signatura registral: Inscrita en el Registro de la propiedad de Alcalá la Real (Jaén), Tomo 231, Libro 7, Folio 75, Finca 791, Inscripción 1ª.
Sevilla, 25 de febrero de 1992
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
Descargar PDF