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En el recurso contencioso-administrativo núm. 240/89, seguido a instancia del Excmo. Ayuntamiento de Jaén contra Resolución de 19 de diciembre de 1988 de la entonces Consejería de Hacienda y Planificación, desestimatoria de recurso de Reposición contra aprobación por silencio administrativo de las tarifas de transporte urbano solicitadas por la empresa «Hermanos Castillo¯, la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha dictado Sentencia, que es firme, con fecha 20 de septiembre de 1990, cuya parte dispositiva literalmente dice:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso que interpone el Ayuntamiento de Jaén contra resolución de 19 de diciembre de
1988 de la Consejería de Hacienda y Planificación desestimatoria de Recurso de Reposición contra aprobación por silencio administrativo de las tarifas de transporte urbano solicitadas por la Empresa Hermanos Castillo, confirmando el acto recurrido. Sin costas¯.
En virtud de la delegación de competencias, por Orden de 9 de enero de 1991, del Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda, y de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 10 de marzo de 1992.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.
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