Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 3/4/1992

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 5 de marzo de 1992, de la Delegación Provincial de Málaga, por el que queda anulada la propuesta de listas aprobada por la Comisión Provincial de Vivienda en su sesión de 29 de febrero de 1988, y se abre nuevo plazo para solicitar vivienda de promoción pública en la localidad de Antequera-Bobadilla, provincia de Málaga (MA-120-83/V).

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Expediente: MA-120-83/V. Anulación propuesta de listas aprobada C.P.V. en su sesión de 29 de febrero de 1988 y apertura de nuevo plazo para solicitar viviendas de Promoción Pública en la localidad de Antequera-Bobadilla, Provincia de Málaga. Acuerdo de 19 de febrero de 1992, de la Comisión Provincial de la Vivienda, por el que queda anulada la propuesta de listas aprobadas por esta Comisión Provincial de Vivienda en su sesión de 29 de febrero de 1988 y apertura de nuevo plazo oficial de admisión de solicitudes para viviendas de Promoción Pública en la localidad de Antequera-Bobadilla, Provincia de Málaga. Por Acuerdo de la Comisión Provincial de la Vivienda, del día 19 de febrero de 1992, queda anulada la propuesta de listas aprobada por esta Comisión Provincial de Vivienda en su sesión de 29 de febrero de 1988 y se abre nuevo plazo de un (1) mes, a partir de la publicación del presente anuncio, para la admisión de solicitudes de 14 viviendas de Promoción Pública en la localidad de Antequera-Bobadilla, Provincia de Málaga, promovidas por la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía. Por consiguiente, quienes reúnan los requisitos exigidos por el Decreto

413/1990, de 26 de diciembre (BOJA núm. 6, de 25.1.91), sobre adjudicación de viviendas de Promoción Pública, podrán solicitar en el Ayuntamiento el impreso oficial de solicitud que deberán presentar debidamente cumplimentado ante el mismo Ayuntamiento en el plazo indicado, en ningún caso podrá adjudicarse una vivienda de Promoción Pública a los peticionarios que tengan ingresos superiores a 2,5 veces el S.M.I. según establece el art. 7 del citado Decreto 413/1990.

Se hace constar, que los cupos a los que pueden acogerse los solicitantes de estas viviendas son los siguientes:

Cupo general: 14 viviendas

Lo que se hace público para general conocimiento.

Málaga, 5 de marzo de 1992.- El Delegado, Vicente Seguí Pérez.

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