Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 24/4/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 9 de abril de 1992, por la que se concede una subvención de veinticinco millones al Ayuntamiento de Benamejí por deslizamiento de tierra.

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Las lluvias torrenciales acaecidas durante los meses de noviembre y diciembre de 1989, en el Municipio de Benamejí incrementaron el deslizamiento de tierras denominado Grieta de Benamejí, afectando a servicios municipales de los relacionados en el Art. 26 de la Ley 5/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como a la red viaria de titularidad Local. Por ello, y dada la importancia de este fenómeno geotecnológico, se hizo en una 1ª fase, un estudio técnico para adoptar soluciones urgentes ante el grave riesgo que tal fenómeno supone, fue otorgada una subvención para dicho estudio con fecha 27 de diciembre de 1990 (BOJA de 29 de enero de 1991), siendo necesario posteriormente ejecutar las obras de reparación necesaria. Visto el expediente tramitado por la Dirección General de Política Interior, de acuerdo con la petición formulada por el Delegado de Gobernación en Córdoba y en virtud de las atribuciones conferidas en los artículos 39 y 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, del Art. 50 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la citada Comunidad, así como el párrafo tercero del Art. 18 de la Ley 3/1991, de 28 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma para 1992.

D I S P O N G O:

Primero: Se destinan veinticinco millones de pesetas para subvencionar al Ayuntamiento de Benamejí que se ha visto afectado por un deslizamiento de tierras.

Segundo: Esta subvención se declara específica por razón del objeto, obviándose, por tanto, la concurrencia.

Tercero: En el plazo de tres meses, a contar desde la fecha de percepción de la subvención, se justificará para la finalidad que se concede, en la forma prevista en el Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 149/1988, de 5 de abril, en sus artículos 38, 41, 81 y concordantes, de conformidad con el artículo 2º del Decreto 117/1989, de 31 de mayo, así como lo preceptuado en el apartado 7 de Art. 18 de la Ley

3/1991, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma Andaluza para 1992.

Cuarto: De esta Orden se dará cuenta al Iltmo. Ayuntamiento de Benamejí, y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a los efectos consiguientes.

Sevilla, 9 de abril de 1992

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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