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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 18 de diciembre de 1991, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm.
2128/90, promovido por Banco de Jerez, S.A. sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Que debemos estimar y estimamos en parte el Recurso Contencioso-Administrativo
interpuesto por el Procurador Sr. Díaz de la Serna y Aguilar en nombre y representación de Banco de Jerez, S.A. contra el acuerdo de la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía de uno de febrero de mil novecientos noventa, el que debemos anular y anulamos por no ser conforme con el ordenamiento jurídico. Sin costas.
Sevilla, 19 de mayo de 1992.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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