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En el recurso contencioso-administrativo nº 1100/90, interpuesto por D. Agustín Alcalá Fernández contra la Resolución de 10 de octubre de 1989 de la Consejería de Salud y Servicios Sociales sobre sanción disciplinaria, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, ha dictado Sentencia con fecha 15 de enero de
1992, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Desestimamos la demanda interpuesta por D. Agustín Alcalá Fernández contra la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Andalucía, y en su consecuencia, ratificamos las resoluciones impugnadas que son ajustadas al ordenamiento jurídico, sin costas¯.
En su virtud, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el BOJA, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.
Sevilla, 29 de mayo de 1992
JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA TORNERO
Consejero de Salud
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