Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 20/6/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 19 de mayo de 1992, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la urgente ocupación, a los efectos de expropiación forzosa por el Ayuntamiento de Palos de la Frontera (Huelva), de los terrenos necesarios para la ejecución del proyecto de urbanización de un parque público, en dicha localidad.

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El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 19 de diciembre de 1991, acordó iniciar expediente de expropiación forzosa para llevar a cabo el proyecto denominado «Urbanización del Parque la Fontanilla¯ incluido en el Plan Parcial del sector seis del Plan General de Ordenación Urbana de dicho municipio, aprobando asimismo la relación de bienes y derechos afectados por el citado Proyecto, una vez entendida la declaración de utilidad pública de las obras, y necesidad de ocupación de los terrenos en él comprendidos a efectos de expropiación forzosa, al amparo de lo establecido en el artículo 64 de la Ley del Suelo y 94 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril. En el mismo acuerdo, la Corporación acordó solicitar del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados, habida cuenta de las circunstancias que concurren en el presente caso y que viene dada por la urgente necesidad de llevar a cabo las obras previstas que permitirán la construcción de la red viaria de circunvalación del parque y su conexión con el casco urbano por la zona sur, a fin de descongestionar el tráfico de acceso a la ciudad por la dirección norte, y por otra parte la ejecución de una gran superficie de aparcamiento en el borde del mismo que ayudará a resolver en gran medida el grave problema de tráfico interior de la ciudad, a la vez que se le dota de unos espacios públicos y zonas verdes de las que carece en la actualidad, acorde con las necesidades que demanda la población.

Considerando que las circunstancias descritas motivan suficientemente la urgente ocupación de los bienes afectados, y que por otra parte se han identificado plenamente los mismos, así como practicada la preceptiva información pública mediante inserción del oportuno edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva número 300, de fecha 31 de diciembre de 1991, habiéndose presentado un único escrito de alegaciones suscrito por Dª Emilia y Dª Justa Trisac Pérez, titulares de los terrenos afectados, señalando la necesidad de que conforme a lo establecido en el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa deben recogerse en la descripción de los terrenos, no sólo la superficie objeto de expropiación sino también los linderos de la zona y localización exacta, describiéndose en todos los aspectos, material y jurídico, los bienes objeto de expropiación, y que ha sido estimada por la Corporación en sesión celebrada el día 17 de febrero de 1992, en el sentido de describir pormenorizadamente las fincas objeto de expropiación, con su superficie y linderos conforme a lo solicitado por las interesadas, procede declarar la urgente ocupación pretendida, al entenderse cumplidos los requisitos exigidos por el artículo

56 del Reglamento de Expropiación Forzosa, en relación con el 52 de la Ley.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, atribuye esta competencia a la Junta de Andalucía, correspondiendo su ejercicio al Consejo de Gobierno, a tenor de lo establecido en la disposición Final Segunda de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma. En su virtud y a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día

19 de mayo de 1992.

ACUERDA:

Se declara la urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa por el Excmo. Ayuntamiento de Palos de la Frontera (Huelva) de los terrenos destinados a urbanización del parque público la Fontanilla, incluidos en el Plan Parcial del sector seis del Plan General de Ordenación Urbana de este Municipio, cuya descripción, titulares y superficies a expropiar son los siguientes: Finca rústica, al sitio «El Chapata¯ o «La Colera¯, siendo afectadas las siguientes parcelas:

a) Parcela núm. 60 del Polígono 2, de una superficie total de mil setecientos diecisiete metros cuadrados. Linda por el Norte con antiguo camino del Prado; Sur, Este y Oeste con parcela núm. 95 del mismo Polígono, propiedad municipal.

b) Parcela núm. 96 del Polígono 2, de una superficie total de tres mil setecientos cincuenta metros cuadrados. Linda Norte con arroyo que la separa de la parcela núm. 55 del mismo Polígono de su propiedad, Sur con antiguo camino del Prado, Este con carretera de San Juan del Puerto a La Rábida y Oeste antiguo camino de los Molinos.

c) Parte de la parcela núm. 55 del polígono 2 con una superficie total de doscientos ochenta mil ochenta metros cuadrados, de la que se segrega la siguiente parte de doce mil setecientos cincuenta metros cuadrados. Linda Norte finca matriz de la que se segrega, Sur con la parcela núm. 96 descrita anteriormente, Este con carretera de San Juan del Puerto a La Rábida y Oeste antiguo camino de los Molinos.

d) Parte de la parcela núm. 97 del Polígono 2, con una superficie total de ochenta mil metros cuadrados de la cual se segrega la siguiente parte de treinta y tres mil trescientos diez metros cuadrados, linda por el Norte con actual camino de entrada a caserío existente de la finca matriz, Sur con parcela núm. 59 del mismo Polígono propiedad municipal, adquirida de Herederos de D. Vicente Pérez García y terreno de marismas, Este camino de los

Molinos y Oeste con terrenos de marisma.

Titulares: Hnas, Dª Emilia y Dª Justa Trisac Pérez.

Sevilla, 19 de mayo de 1992

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

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