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De Orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha
30 de marzo de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 3718/90, promovido por Río Ródano, S.A., sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O:
Estimando parcialmente el recurso deducido en nombre de «Río Ródano, S.A.¯ anulamos y dejamos sin efecto las resoluciones impuganadas en cuanto que sancionan a la entidad recurrente, por infracción al artículo 81 del Estatuto de los Trabajadores, con trescientas mil pesetas, cuyas resoluciones mantemos en los demás pronunciamientos que contienen. Sin costas.
Sevilla, 21 de diciembre de 1992.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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