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Vistas las memorias presentadas por los becarios postdoctorales de esta Universidad, sobre la evaluación del trabajo realizado durante el primer año de disfrute de beca, de conformidad con lo exigido en la norma 3.2 de la Resolución de 31 de enero de 1992, por la que se convocaron dichas becas (BOJA de
11.4.92), este Rectorado ha dispuesto:
Primero. Prorrogar las becas postdoctorales a los becarios que figuran en el anexo I, con efectos 1.10.93 a 30.9.94.
Segundo. La dotación de estas becas comprende: a) Una asignación mensual de 150.000 ptas. b) Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica. Este último extensible a cónyuge e hijos de beneficiarios, siempre que no posean cobertura de la Seguridad Social.
Estas becas serán incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada expresamente por la Dirección General de Universidades e Investigación.
ANEXO I
Eloisa Aguera Buendía: 30.447.547
María del Mar Malagón Poyato: 30.499.824
Juan F. Murillo Redondo: 30.478.164
Rafael Pérez Vicente: 30.482.932
Córdoba, 30 de septiembre de 1993.- El Rector, Amador Jover Moyano.