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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha
16 de octubre de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 2431/91, promovido por Asaja y Asaga sobre autorización cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O :
Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto en los presentes autos por Asaja y Asaga contra los actos administrativos referidos y ratificamos el rechazo de sus alegaciones por extemporáneas, sin entrar a conocer el acto administrativo por el que se produjo el reconocimiento de la personalidad con la denominación referida en anteriores apartados de Asaja, Asociación de Empresarios del Campo. Sin costas.
Sevilla, 5 de noviembre de 1993.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
BOJA nº 125 de 18/11/1993