Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 126 de 20/11/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 2 de noviembre de 1993, por la que se concede la autorización y funcionamiento a los Centros de Educación Primaria y Educación Secundaria denominados Saladares, de Roquetas de Mar (Almería) .

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Visto el expediente instruido a instancia de D. Magin Fuertes Agundez, en solicitud de autorización definitiva par ala apertura y funcionamiento de los Centros docentes privados de Educación Primaria y Educación Secundaria denominados "Saladares", sitos en Roquetas de Mar (Almería), Ctra. de El Parador, Paraje de Los Albaidares.

HECHOS:

PRIMERO.- Con fecha de 30 de Marzo de 1993 y 7 de Septiembre de 1992, la Dirección General de Ordenación Educativa aprobó el expediente y proyecto de obras de los mencionados Centros.

SEGUNDO.- Con fecha 28 de Abril de 1992, la titularidad de los mencionados Centros solicita la autorización definitiva para su apertura y funcionamiento.

TERCERO.- Con fecha 30 de Abril de 1993 la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Almería eleva el expediente con los informes de los servicios correspondientes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

PRIMERO.- Son de aplicación a este expediente las siguientes disposiciones:

- Ley Orgánica 8/1995, de 3 de Julio, reguladora del Derecho a la Educación (Boletín Oficial del Estado del 4).

- Ley Orgánica 1/1990, de 3 de Octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (Boletín Oficial del Estado del 4).

- Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado del 27).

- Real Decreto 1004/1991, de 14 de Junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general, no universitarias (Boletín Oficial del Estado del 26).

- Real Decreto 986/1991, de 14 de Junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva Ordenación del Sistema Educativo (Boletín Oficial del Estado del 25).

- Real Decreto 535/1993, de 12 de Abril (Boletín Oficial del Estado del 4 de Mayo), por el que se modifica y completa el Real Decreto

986/1991, de 14 de Junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva Ordenación del Sistema Educativo.

- Decreto 109/1992, de 9 de Junio, sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 20).

SEGUNDO.- De acuerdo con el informe del Departamento Técnico del Servicio de Programas y Obras de la Delegación de Almería, los Centros reúnen los requisitos de instalaciones previstos en el Real Decreto 1004/1991, de 14 de Junio.

Por todo, ello esta Consejería HA RESUELTO:

PRIMERO.- Conceder la autorización de apertura y funcionamiento y proceder a la inscripción en el Registro de Centros docentes privados a los Centros que a continuación se señalan:

A) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria Denominación específica: "Saladares"

Titular: Centros Familiares de Enseñanza, SA Domicilio: Crta. de El Parador, Paraje de Los Albaidares Localidad: Roquetas de Mar

Municipio: Roquetas de Mar

Provincia: Almería

Código del Centro: 04602286

Enseñanzas que se autorizan: Educación Primaria

Capacidad: 6 unidades/150 puestos escolares

B) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria Denominación específica: "Saladares"

Titular: centros Familiares de Enseñanza, SA

Domicilio: Ctra. de El Parador, Paraje de Los Albaidares Localidad: Roquetas de Mar

Municipio: Roquetas de Mar

Provincia: Almería

Código del Centro: 04700387

Enseñanzas que se autorizan:

a) Enseñanza Secundaria Obligatoria:

Capacidad: 4 unidades/120 puestos escolares

b) Bachillerato:

- Modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud. Capacidad: 2 unidades/70 puestos escolares

- Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales. Capacidad: 2 unidades/70 puestos escolares.

SEGUNDO.- Provisionalmente, y hasta que no se implanten las enseñanzas definitivas, según lo dispuesto en el Real Decreto 986/1991, de 14 de Junio, parcialmente modificado por el Real Decreto 535/1993, de 12 de Abril, los Centros mencionados podrán impartir las siguientes enseñanzas:

a) El Centro de Educación Primaria "Saladares", los cursos 5., 6., 7. y 8. de Educación General Básica, con una capacidad máxima de 4 unidades y

100 puestos escolares.

b) El Centro de Educación Secundaria "Saladares", los cursos 7. y 8. de Educación General Básica con una capacidad máxima de 2 unidades y 60 puestos escolares y Bachillerato Unificado y Polivalente, con una capacidad máxima de 4 unidades y 140 puestos escolares.

La autorización provisional para impartir Educación General Básica está condicionada al funcionamiento conjunto de los Centros de Educación Primaria y de Educación Secundaria, de manera que se garantice la continuidad en la escolarización de los alumnos.

TERCERO.- El personal que atienda las unidades autorizadas en los Centros mencionados deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de Junio.

CUARTO.- Quedan dichos Centros obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su notificación, recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación da esta Consejería, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 2 de noviembre de 1993

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia