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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.1 de la ley 4/1992 de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1993, y con lo establecido en la Orden de 6 de abril de 1993 sobre concesión de subvenciones destinadas a mejoras en las condiciones de trabajo en las empresas andaluzas, esta Dirección General,
R E S U E L V E:
Dar publicidad a las subvenciones y ayudas concedidas, en las cuantías que se señalan, con arreglo a lo previsto en la mencionada Orden:
Entidad: Fundación Laboral de la Construcción en Andalucía Importe: 20.000.000 Pts.
Entidad: Fundación Laboral de la Construcción en Andalucía Importe: 10.800.000 Pts.
Entidad: Fundación Laboral de la Construcción en Andalucía Importe: 2.000.000 Pts.
Contra la presente Resolución, el interesado podrá interponer Recurso Ordinario, en el plazo de un mes, previsto en el artículo 114, de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común ante el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 2 de diciembre de 1993.- El Director General, José Antonio Pérez de Rueda.