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De Orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en su propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha
28 de junio de 1993, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1350/90, promovido por Compañía Española de Grandes Superficies de Venta, S.A., sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O:
Estima en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Cía Española de Grandes Superficies de Venta S.A., contra la Resolución del Director General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía de 5 de julio de 1990, por la que se desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución del Delegado Provincial en Granada de la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, dictada en expediente
986/90 que confirmó el acta de inspección núm. 1684/89, dictada en el expediente núm. 285/89, declarando válidos por conformes a derecho los acuerdos recurridos, salvo en el particular de la multa que habrá de ser reducida a la cuantía de cien mil una pesetas; sin expresa condena en costas.
Sevilla, 9 de diciembre de 1993.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.