Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 18/2/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 5 de febrero de 1993, de la Viceconsejería, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada con fecha 10 de febrero de 1992.

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, dictó Sentencia con fecha 10 de febrero de 1992, recaída en el recurso contencioso-administrativo número

1493/89 interpuesto por Vilovigps, S.A., que fue desestimado y, recurrida la misma ante el Tribunal Supremo, se dictó Auto con fecha 4 de junio de 1992 en la apelación deducida número

4835/92, por el cual se declara desierto dicho recurso de apelación, confirmando en consecuencia, la Sentencia dictada por la referida Sala, la cual declaró su firmeza en Derecho con fecha 7 de julio de 1992, cuya parte dispositiva literalmente dice:

«Fallo: Que, rechazando la causa de falta de legitimación de la Sociedad General Yesera, S.A., coadyuvante de la Administración, invocada por Vilovigps, S.A., debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto por esta entidad, representada por el Procurador D. Enrique Alameda Ureña, contra el Acuerdo de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Fomento y Trabajo de 10 de mayo de 1989, que confirmó en alzada otro de la Delegación Provincial de Almería de 22 de noviembre anterior por el que se le denegó autorización para la explotación de un yacimiento minero en Cueva de las Grajas, término municipal de Sorbes, como recurso de la Sección A), declarando que dichos actos se ajustan a Derecho y deben por ello ser confirmados, sin expresa condena en costas¯.

En virtud de la delegación de competencias, por Orden de

3 de marzo de 1992, del Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda, y de conformidad con lo establecido en los artículos

118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de febrero de 1993.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.

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