Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 21 de 25/2/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 3 de febrero de 1993, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se presta conformidad a la permuta de cincuenta parcelas propiedad del Ayuntamiento de Estepa (Sevilla) por dos parcelas industriales, propiedad de la entidad Sodestepa, S.L.

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En el expediente instruido por el Ayuntamiento de Estepa se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril; arts. 109.1,

112.2, 113, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, Ley 7/85, de 2 de abril y demás preceptos de general aplicación.

El art. 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local.

El Decreto 29/1986, de 19 de febrero, sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su art.

3, confiere a este Organismo competencia para prestar conformidad a los expedientes de permuta de bienes cuya cuantía sea inferior al 25% de los recursos ordinarios del presupuesto de la Corporación.

A fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en la sesión celebrada el día 3 de septiembre de 1992, por el que se aprueba la permuta de 50 parcelas, propiedad municipal, con la calificación de bienes patrimoniales, por dos parcelas industriales propiedad de la Entidad Sodestepa, S.L., siendo la descripción de los bienes a permutar la siguiente:

Parcela 33 del Polígono Industrial Sierra Sur, perteneciente al Plan Parcial de Ordenación del Sector 1-2 de las Normas Subsidiarias, con una superficie de 1.142, 87 m2 que linda al Frente, con Avda. del Mantecado; a la Derecha con parcela 32; a la Izquierda con parcela 32 y al Fondo con parcela 31. La valoración de la parcela es de 5.600.063 ptas. Inscripción Registral: Registro de la Propiedad de Estepa al libro 344, folio 33, finca nº 17.830, Inscripción 1ª. Parcela 36 situada en el lugar arriba reseñado, con una superficie de 1.338,58 m2 que linda al Frente, con Avda. del Mantecado; a la Derecha con parcela 37; a la Izquierda con parcela 34 y al Fondo con parcela 35.

La valoración de la parcela es de 6.826.758 ptas. Inscripción Registral, Registro de la Propiedad de Estepa al libro 344, folio 39, finca nº 1.833, inscripción 1ª.

PROPIEDAD MUNICIPAL

El Ayuntamiento de Estepa es propietario de 50 parcelas de terrenos sin urbanizar, de carácter residencial, con una superficie de 5.000 m2, sitas en el partido de El Palomar, margen derecha de la Ctra. de Herrera.

La valoración de las parcelas es de 20.000.000 ptas. Inscripción Registral: Registro de la Propiedad de Estepa, tomo 1312, libro 348, folios 20 a 122, fincas nº 18.208 a

18.257.

Como quiera que de las valoraciones practicadas existe una diferencia de valor a favor del Ayuntamiento, la entidad Sodestepa, S.L. se compromete a abonar al Ayuntamiento la cantidad de 7.573.179 ptas.

Por cuanto antecede, y al amparo de la legislación invocada.

HE RESUELTO

1. Prestar conformidad a la permuta de 50 parcelas, propiedad municipal por 2 parcelas industriales propiedad de la entidad de Sodestepa, S.L.

2. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3. Notificar la presente resolución del Ayuntamiento de Estepa.

Sevilla, 3 de febrero de 1993.- El Delegado, Antonio

Pozanco León.

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