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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha
29 de febrero de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 4459/89, promovido por Dragados y Construcciones, S.A., sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Desestimamos la demanda formulada por Dragados y Construcciones, S.A., en relación con la resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía de 18 de octubre de
1989 desestimatoria del recurso de alzada 901/89 contra la resolución de la Delegación Provincial de Trabajo de Sevilla, dictada en expte. 1216/88, que había impuesto sanción de
250.000 ptas. de multa por infracción en materia de Seguridad y Salud laborales, sanción que confirmamos por su adecuación a derecho, sin imposición de costas.
Sevilla, 16 de febrero de 1993.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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