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El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en su reunión de 9 de marzo de 1993, acordó declarar de urgencia la Expropiación de los bienes y derechos afectados por el proyecto JA-2-GR-203, «Acondicionamiento y refuezo de firme en la carretera GR-420: p.k. 12 al p.k. 31¯ en los términos municipales de Pinos Genil y Güéjar Sierra. Ello a efectos de aplicación del procedimiento expropiatorio que regula los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 56 y siguientes del Reglamento para su aplicación de 26 de abril de
1957.
A la vista de cuanto antecede, esta Delegación Provincial en el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 98 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, en relación con las disposiciones orgánicas que conforman la estructura y funcionamiento de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y el Decreto
4/1985 de 8 de enero (BOJA del día 12 de febrero de 1985), Ha acordado:
Primero: Iniciar el proceso expropiatorio respecto a los bienes y derechos afectados por el proyecto antes citado.
Segundo: Publicar la relación de interesados, bienes y derechos que resulten afectados por la expropiación, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, Boletín Oficial de la Provincia, diario «Ideal¯ y en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Pinos Genil y Güéjar Sierra.
Tercero: Señalar los días y horas indicados en el anexo único de la presente relación, para proceder al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, de los bienes y su comparecencia en los Ayuntamientos de Pinos Genil y Güéjar Sierra, sin perjuicio de trasladarse al lugar de las fincas afectadas, si se considera necesario.
A dicho acto deberán asistir los titulares afectados personalmente o bien, representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, último recibo de contribución, certificado catastral y cédula urbanística, pudiendo hacerse acompañar a su costa, si lo estima oportuno, de Peritos y Notario. La presente resolución se notificará personalmente al Sr. Alcalde Presidente de los Ayuntamientos de Pinos Genil y Güéjar Sierra y a los interesados, y su publicación en el BOJA y en el tablón de edictos de los Ayuntamientos afectados servirá de notificación para los interesados desconocidos o de ignorado domicilio, a los efectos prevenidos en el artículo 59.4 de la Ley
30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Granada, 9 de marzo de 1993.- El Delegado, Pedro-Julián Lara Escribano.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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