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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha
18 de noviembre de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1961/91, promovido por Banco Español de Crédito, S.A., sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Que estimando, parcialmente, el recurso interpuesto por el Sr. Oropesa contra las resoluciones sancionadoras de 24 de agosto de 1990 y 21 de enero de 1991, respectivamente dimanantes del Delegado Provincial de Trabajo en Córdoba y del Director General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería correspondiente, declaramos ajustados a derecho los actos administrativos recurridos, excepto en lo referente a la cuantía de la sanción que reducimos a 100.000 ptas. Sin costas.
Sevilla, 25 de marzo 1993.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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