Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 5 de 19/1/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

RESOLUCION de 1 de diciembre de 1992, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa expediente para la inscripción específica en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de la Iglesia Parroquial de San Andrés, en Sevilla.

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La Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía introduce una serie de mecanismos tutelares cuyo objeto es facilitar, esencialmente, la labor conservadora y protectora de la Administración de la Comunidad Autónoma sobre el Patrimonio Histórico de Andalucía.

Desde esta perspectiva y con el fin de lograr una protección individualizada de los bienes que constituyen este Patrimonio, la citada Ley crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, la consulta y divulgación del mismo.

La formación y conservación del Catálogo queda atribuida a la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, a la que compete la redacción y custodia de la documentación correspondiente a los muebles, inmuebles y manifestaciones o actividades culturales que constituyen el Patrimonio Histórico Andaluz.

Por parte del Servicio de Protección del Patrimonio Histórico se propone la inscripción específica en dicho Catálogo General, de la Iglesia Parroquial de San Andrés en Sevilla. El templo de gran valor artístico es uno de los mejores ejemplos dentro de la arquitectura mudéjar que se gestaron en Sevilla tras la Reconquista. Construido en el siglo XIV ha sufrido a lo largo de su historia modificaciones, siendo la más importante y la que le da su aspecto general la efectuada en el siglo XVIII, realizada por Pedro de Silva. De mayor importancia es la portada gótico-mudéjar de los pies, así como los diversos bienes muebles circunstanciales a la historia del inmueble.

Se trata de una Iglesia de gran antigüedad, siendo sede de Hermandades, Cofradías y lugar de enterramiento de personajes íntimamente ligados a Sevilla.

Vista la propuesta del Servicio, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 y 2, de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía.

ESTA DIRECCION GENERAL, HA RESUELTO:

1º. - Incoar el procedimiento para la inscripción con carácter específico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, a favor de la Iglesia Parroquial de San Andrés, en Sevilla, cuya identificación y descripción figura en el anexo a la presente disposición.

2º. - Proceder a la elaboración de las instrucciones particulares establecidas en el art. 11 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, del Patrimonio Histórico Andaluz.

3º. - Proceder de acuerdo con el artículo 9.4 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía a la anotación preventiva de dicho inmueble en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. De acuerdo con lo establecido en el art. 8.3 esta anotación preventiva determina la aplicación provisional del régimen de protección correspondiente a la inscripción específica.

4º. - Concretar conforme al artículo 29 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía tanto el bien objeto central de protección, como su entorno, según figura en el anexo a la presente disposición.

5º.- Quedan adscritos a dicho inmueble, con arreglo a lo previsto en el artículo 28 de esta Ley, los bienes muebles que figuran en el anexo de la presente disposición.

6º. - Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores del bien que tienen el deber de conservarlo, mantenerlo y custodiarlo de manera que se garantice la salvaguardia de sus valores, Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por los investigadores acreditados por la misma.

7º. - Comunicar al Ayuntamiento de Sevilla que, según lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley antes indicada, será necesario obtener previa autorización de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, además de las restantes licencias o autorizaciones que fueran pertinentes, par realizar cualquier cambio o modificación que los particulares o la propia Administración deseen llevar a cabo en bienes inmuebles objeto de inscripción específica o su entorno, bien se trate de obras de todo tipo, bien de cambios de uso o de modificaciones en los bienes muebles, en la pintura, en las instalaciones o en los accesorios recogidos en la inscripción.

La aplicación del régimen de protección previsto por esta Ley a inmuebles sobre los que se estén desarrollando actuaciones en el momento de incoarse el procedimiento para su catalogación, determinará la suspensión de las actividades hasta tanto se obtenga la autorización de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, independientemente de los permisos o licencias que hubieran sido concedidas con anterioridad.

La denegación de la autorización llevará aparejada la necesidad de proceder a la revocación total o parcial de la licencia concedida.

8º. - Hacer saber a los poseedores de los bienes muebles que, de acuerdo con lo establecido en el art. 45 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, deberán notificar a la Consejería de Cultura y Medio Ambiente cualquier cambio de titularidad del que el bien sea objeto, así como permitir su inspección.

9º. - Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

10º. - Que la presente resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Sevilla, 1 de diciembre de 1992.- El Director General, José Guirao Cabrera.

ANEXO QUE SE CITA

INMUEBLE

IDENTIFICACION:

DENOMINACION: IGLESIA PARROQUIAL DE SAN ANDRES

LOCALIZACION: SEVILLA

UBICACION: PLAZA DE SAN ANDRES Nº 3

FECHA DE CONSTRUCCION: SIGLO XIV

AUTOR: ANONIMO. EN EL SIGLO XVIII, SE RESTAURA LA IGLESIA A CARGO DE PEDRO DE SILVA.

ESTILO: GOTICO-MUDEJAR

DESCRIPCION

El templo se encuentra ubicado en el casco antiguo de la ciudad. Fue construido en el siglo XIV, en estilo mudéjar, sufriendo modificaciones en los siglos XV y XVI, aunque su aspecto general responde a la reforma efectuada en el siglo XVIII, realizada por Pedro de Silva.

El interior, de planta rectangular, presenta tres naves separadas mediante arcos apuntados que apean sobre pilares de sección cruciformes y cubierta con armadura de madera: la nave central en forma de artesa y las laterales en colgadizo.

Al presbítero se accede desde la nave central mediante escalinatas, éste presenta un ábside profundo estructurado en tres tramos, los dos primeros cubiertos con bóveda de crucería sexpartita y el tercero con nervaduras que terminan en forma poligonal.

A la derecha del presbítero se encuentra la antigua capilla Sacramental, de planta cuadrada y cubierta con bóveda ochavada sobre trompas de tradición mudéjar.

A la nave de la epístola se abres tres capillas, una de ellas de espacio doble, ambos de planta cuadrada y cubiertos con bóveda semiesférica sobre trompas, en el exterior presentan remate de merlones escalonados. El acceso a la torre se hace a través de una escalinata que parte de la capilla de Santa Marta. A los pies de la citada nave se encuentra la capilla Bautismal, de planta cuadrangular cubierta con bóveda de crucería muy apuntada arrancando sus nervaduras desde unas ménsulas en forma de cabeza.

Desde la nave del evangelio se accede a la capilla del Sagrado Corazón, de estructura mudéjar y restaurada posteriormente, en la cual se encuentra una cripta de pequeñas dimensiones.

En el exterior la fachada de los pies, construida en sillares, se estructura mediante un vano de acceso de forma ojival, abocinado, presentando la aquivolta superior decoraciones de punta de diamante. Todo el conjunto se encuentra enmarcado con un alfiz y cornisa con canecillos. Remata la fachada tres rosetones y en su zona superior un vano con arquillo polilobulado encuadrado por un alfiz.

La fachada de la nave de la epístola consta de un alzado de dos plantas y se estructura mediante pilastras moduladas situadas entre los ventanales de los dos pisos. La portada de esta fachada presenta arco rebajado encuadrado con pilastras toscanas que sostienen un frontón partido en cuyo centro cobija un arco de medio punto enmarcado con pilastras y frontón mixtilíneo.

La fachada de la nave del evangelio acusas los volúmenes de la casa parroquial, la capilla del Sagrado Corazón y la Sacristía. La portada se ordena con pilastras toscanas que encuadran el vano de medio punto de acceso, sosteniendo un frontón curvo, partido, en cuyo centro se establece un vano de medio punto entre pilastras y frontón partido, albergando en su interior una imagen de la Inmaculada.

El ábside presenta en el exterior vanos ojivales entre contrafuertes, terminando en cornisa sobre medallones de rollos y antepecho coronado de pináculos.

A la torre se accede mediante escalera de caracol de planta hexagonal adosada a dicha torre, la cual se encuentra en el interior de un castillete exento cubierto con bóveda de nervadura. Una espadaña se establece en su zona alta.

Los paramentos exteriores se encuentran pintados de colores amarillo y almagra, cubriéndose el templo de teja.

ENTORNO AFECTADO:

El entorno afectado de la Parroquia de San Andrés en Sevilla, comprende las parcelas, inmuebles, elementos y espacios públicos y privados comprendidos dentro de la línea de delimitación que figura en el plano de "Delimitación del Bien y su Entorno", se incluyen, por lo tanto, en el entorno los espacios públicos señalados en dicho plano, así como las parcelas correspondientes a las fincas reseñadas en el mismo con la siguiente numeración:

Parcelas Afectadas.

- Plaza de San Andrés: Parcelas correspondientes a las fincas números

3 y 4.

- Calle Daoiz: Parcelas correspondientes a las fincas números 1, 3-5, 7,

9, 11, 13, 15, 17 y 19.

- Calle Cervantes: Parcela correspondiente a la finca número 2.

- Calle D. Pedro Niño: Parcelas correspondientes a las fincas números

23-25 y 27.

- Plaza Fernando de Herrera: Parcelas correspondientes a las fincas números 2, 4, 6, 8 y 10.

- Calle García Tassara: Parcela correspondiente a la finca número 2.

- Calle Angostillo: Parcela correspondiente a la finca s/n tras el Abside de la Iglesia.

Asimismo, se incluye dentro del entorno la parte de la parcela correspondiente a la Parroquia de San Andrés no afectada por dicha Inscripción.

BIENES MUEBLES ADSCRITOS AL INMUEBLE

I. ARQUITECTURA LIGNARIA

I.1. Retablo Mayor

- Autor anónimo (Arquitectura)

- Madera, tallado, ensamblado y dorado

- 6,81 x 9,86 m.

- Presbítero

Partes Integrantes

I.1.a. San Pedro y San Pablo I.1.b. Inmaculada

- Anónimo - Jerónimo Hernández

- Talla, estofado y policromía - Talla, estofado y policromía

- 1,53 m - 1,69

- Finales del s. XVIII - Retablo M. calle central, primer cuerpo.

I.1.c. San Andrés I.1.d. Sta. Bárbara

- Anónimo - Anónimo

- Talla, estofado y policromía - Talla, estofado y policromía

- 1,40 m - 1,53 m.

- Finales del s. XVIII - Finales del s. XVIII

- Retablo M. calle central - Retablo M. Atico segundo cuerpo

I.2. Retablo Concepcionista

- Andrés Castillejo (Arquitectura)

- Madera, tallado, ensamblado y dorado

- 6,39 x 4,00 m

- Siglo XVI

- Nave lateral derecha

Partes Integrantes

I.2.a. Inmaculada

- Gaspar Nuñez Delgado

- Talla, estofado y policromía

- 1,78 m.

- Siglo XVI

- Retablo Concepcionista. Calle Central

I.3. Retablo de la Virgen del Rosario

- Autor anónimo, infl. de Bernardo S. Pineda

- Madera, tallado, ensamblado y dorado

- 5,42 x 3,70 m.

- Hacia 1665-1670

- Capilla sacramental

Partes Integrantes

I.3.a. Virgen del Rosario

- Anónimo, se vincula a Pedro Roldán

- Talla, estofado y policromía

- 1,05 x 0,53 m.

- Hacia 1669

- Retablo de la V. Rosario, cuerpo central

I.4. Retablo de San José

- Autor anónimo (Arquitectura)

- Madera, tallado, ensamblado y dorado

- 6,66,x,2,90 m.

- Tercer cuarto del s. XVIII

- Cabecera de la nave derecha.

Partes Integrantes

1.4.a. S. José y el Niño I.4.b. S.Fco.Javier peregrino

- Anónimo - Anónimo

- Talla, estofado y policromía - Talla, estofado y policromía

- 1,52 x 0,81 m - 0,755 x 0,34 m.

- 2ra. mitad s. XVIII - Mediados del s. XVIII

- Retablo S. José, calle central - Retab.S.José, calle lateral derecha.

I.4.c. S. Rafael 1.4.d. S. Fco. de Asís

- Anónimo - Anónimo

- Talla, estofado y policromía - Talla, estofado y policromía

- 0,76 x 0,42 m. - 0,55 x 0,27 m.

- Mediados s. XVIII - Mediados s. XVIII

- Retab. S. José, c. lateral - Retab. S. José, ático izda.

I.5. Retablo de la Virgen Dolorosa

- Autor anónimo (Arquitectura)

- Madera, tallado, ensamblado y dorado

- 6,42 x 2,85 m.

- Tercer cuarto del s. XVIII

- Cabecera de la nave izda.

Partes Integrantes

I.5.a. Virgen Dolorosa I.5.b. S. Fco. de Paula

- Anónimo - Anónimo

- Talla, estofado, policr. y - Talla, policromía y dorado dorado

- 1,25 x 0,84 m - 0,76 x 0,31 m.

- Mediados del s.XVIII - Mediados del s. XVIII

- Retab. V. Dolorosa, c. central - Retab.V.Dolor. c.late.dcha.

I.5.c. S.Fco. Borja I.5.d. Sto. Domingo de Guzmán

- Anónimo - Anónimo

- Talla, policromía y dorado - Talla, estofado y policromía

- 0,77 x 0,38 m. - 0,52 x 0,37 m.

- Mediados del s. XVIII - Mediados del s. XVIII

- Retab. V. Dolor. c.lat.izda. - Retab.V.Dolor.Atico

II. PINTURA

II.1. Sta. Lucía y S. Miguel II.2. Sta. Catalina

- Cristobal de Mayorga - Francisco Pachecho

- Oleo sobre tabla - Oleo sobre lienzo

- 1,45 x 0,90 m. - 1,27 x 0,81 m.

- Primer tercio s. XVI - Siglo XVI

II.3. Apostolado II.4. S. Roque

- Atribuído a Pablo Legot o - Alonso Vázquez Herrera el Viejo - Oleo sobre tabla

- Oleo sobre lienzo - 0,32 x 0,59 m.

- 1,33 x 0,98 m. - Circa 1590

- Mediados del s. XVII

- Serie de doce cuadros

II.5. S. Sebastián

- Alonso Vázquez

- Oleo sobre tabla

- 0,32 x 0,59 m.

- Circa 1590

III. ORFEBRERIA

III. 1. Tabernáculo

- García Diez y José de Guzmán

- Plata, grabado, repujado y cincelado

- 1,10 x 0,66 m.

- Finales s. XVIII o principios s. XIX

- Punzones: GARZIA 10, GUZMAN, NO8DO Y GIRALDA

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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