Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 13/5/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 14 de abril de 1993, por la que se reconoce, se clasifica e inscribe en el Registro de Fundaciones Privadas Docentes la denominada Formación y Empleo, de Sevilla.

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Visto: el expediente por el que se solicita el reconocimiento, clasificación e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes, de la denominada «Formación y Empleo Andalucía¯ (FOREM) de Sevilla, presentado en esta Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero: El 6 de julio de 1992, ante D. Matías Valdecanto García, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla comparecen: D. Francisco Carbonero Contador, D. Juan José García Vera y D. Francisco Estudillo Arjona, en su propio nombre y derecho y además conjuntamente en nombre y representación de la Confederación Sindical «Comisiones Obreras de Andalucía¯, y manifiestan la voluntad de constituir una Fundación Docente-Privada que se denominará «Formación y Empleo Andalucía (FOREM ANDALUCIA)¯ cuyo objeto y finalidad serán fomentar el estudio e investigación en materia de formación profesional y social de los trabajadores, contribuir a la mejora de las condiciones de trabajo mediante la intervención de la formación permanente y prestar atención prioritaria a la formación de desempleados con necesidades especiales de reinserción en el mercado de trabajo.

Segundo: La Entidad se regirá por los Estatutos unidos a la Carta Fundacional, realizados ante el mencionado Notario, con número de protocolo 1.211 de fecha 6 de julio de 1992, modificado con fecha 12 de febrero de 1993 ante el mismo Notario y con número de protocolo 402.

Tercero: La dotación inicial de la Fundación está constituida por 1.000.000 ptas. que la Entidad Fundacional tiene depositada en la Caja de la Entidad proveniente de distintas donaciones.

Cuarto: Los beneficiarios de la Fundación, que serán aquellos trabajadores, activos o no, que aspiren a recibir formación profesional, serán seleccionados con criterios objetivos, dando preferencia a quienes más lo necesiten, de acuerdo con las necesidades económicas, sociales y laborales.

Quinto: El Gobierno, representación y Administración, quedan atribuidos a un Patronato, siendo los componentes del mismo las siguientes personas físicas:

Presidente: D. Juan José García Vera.

Secretario: D. Francisco Carbonero Contador. Tesorero: D. Francisco Estudillo Arjona.

Vistos: La Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía, el Decreto 2930/72 de 21 de julio que aprueba el Reglamento de Fundaciones, el Real Decreto 1762/79 de 29 de junio por el que se delimitan las competencias de los Ministerios de Educación y de Universidades e Investigación y de Cultura en materia de Fundaciones culturales privadas y entidades análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero: Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto

42/83 de 9 de febrero del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de Educación se traspasaron por Real Decreto 3936/82 de 29 de diciembre y en particular sobre las Fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo: Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados imprescindibles por el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y que el contenido de su Carta Fundacional y sus Estatutos se ajustan a Derecho, procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos, la clasificación de sus fines como de financiación, servicio y promoción de actividades docentes y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería, y previo informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de la Presidencia, revuelve:

Primero: Se reconoce el interés público de la Entidad, se clasifican sus actividades como de financiación, servicio y promoción y se inscribe como Fundación Docente Privada en el correspondiente Registro a la Fundación denominada «Formación y

Empleo Andalucía¯ (FOREM), con domicilio en Sevilla, calle Trajano, nº 1 - 6ª p.

Segundo: Se aprueban sus Estatutos, el Presupuesto de Ingresos y Gastos y la Memoria de Actividades para el primer

ejercicio económico.

Tercero: Se confirma en sus cargos a los miembros de la Junta Rectora inicial de la Fundación, cuyos nombres se recogen en la Carta Fundacional y que se relacionan en el quinto antecedente de hecho de esta Resolución.

Sevilla, 14 de abril de 1993

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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