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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Utrera (Sevilla), se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, arts. 109.1, 112.2, 113, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, Ley
7/85, de 2 de abril y demás preceptos de general aplicación. El art. 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere a esta Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de Régimen Local.
El Decreto 29/86, de 19 de febrero, sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su art.
3, confiere a esta Delegación competencia para dar conformidad a los expedientes de permuta de bienes cuya cuantía no sea superior al 2% de los recursos ordinarios del presupuesto de la Corporación.
A fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 8 de octubre de
1992, por el que se aprueba la permuta de una parcela propiedad municipal, con la calificación de bien patrimonial, por la constitución de una servidumbre de vistas y luces sobre edificio propiedad de la entidad Apudes, siendo la descripción física de los mismos la siguiente:
PROPIEDAD PARTICULAR
Se constituye un derecho de servidumbre y vistas de 29 ventanas del edificio del Teatro Triunfo, propiedad municipal, sobre edificio propiedad de Apudes, sito en plaza de Gibaxa, nº 4, destinado a Centro de E.E. «Maruja Quinta¯. La valoración de la servidumbre es de 4.200.000 pts.
PROPIEDAD MUNICIPAL
De la finca de propiedad municipal número 24.005, se segrega la parcela «D¯, denominada El Pastorcito, que tiene una superficie de 1.400 metros cuadrados, y que linda: al Norte, con calle Faisán; al Sur, con parcela F; al Este, con calle Faisán y al Oeste con terrenos de Agro-aceitunera, S.A. La valoración de la parcela es de 4.200.000 pts. Inscripción Registral: Registro de la Propiedad de Utrera, tomo
1.394, libro 503. folio 196.
Por cuanto antecede, y al amparo de la legislación invocada:
HE RESUELTO
1º. Prestar conformidad a la permuta de una parcela, propiedad Municipal, por una servidumbre de vistas y luces sobre edificio propiedad de la entidad Apudes.
2º. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
3º. Notificar la presente resolución al Ayuntamiento de Utrera.
Sevilla, 24 de febrero de 1993.- El Delegado, Antonio Pozanco León.
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