Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 25/5/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 12 de mayo de 1993, por la que se acuerda la inscripción de la empresa Vicrusa, SA, en la instalación sita en Antequera (Málaga) Ctra. Sevilla-Granada, Km. 156, en el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública, y la publicación de dicha inscripción.

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Por D. Víctor Ruiz León, en nombre y representación de la empresa «VICRUSA, S.A.¯, con domicilio social en Sevilla, se solicita la inscripción en el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública, para la instalación dependiente de la misma localizada en Antequera (Málaga), Ctra. Sevilla-Granada, Km. 156. El expediente se ha tramitado de conformidad con lo establecido en las Ordenes de esta Consejería de 15 de junio de

1989 y de 31 de enero de 1991, reguladoras del mencionado Registro, y consta en el mismo que se han cumplido los requisitos reglamentarios exigidos en las Ordenes citadas y en las Disposiciones reguladoras específicas para la acreditación técnica en las áreas.

En su virtud, a propuesta de la Secretaría General Técnica y en aplicación de la normativa citada, esta Consejería ha resuelto lo siguiente:

Primero: Acreditar a la empresa «VICRUSA, S.A.¯ en la instalación sita en Antequera (Málaga), Ctra. Sevilla-Granada, Km.

156, en la Sección Primera de Laboratorios, en las áreas técnicas siguientes:

«Area de ensayos de laboratorio de mecánica de suelo¯. Area de ensayos de suelos, áridos, mezclas bituminosas y sus materiales constituyentes en viales¯. Area de control de hormigón en masa, de cemento, de áridos y de agua¯.

Segundo: Inscribirla en el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública con el número: L039/27MA.

Tercero: Publicar la inscripción en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯.

Cuarto: La acreditación otorgada tendrá validez por un período de cinco años, quedando supeditada al cumplimiento de lo establecido en la Orden de 15 de junio de 1989 y disposiciones específicas de cada una de las áreas acreditadas, debiendo en todo caso el interesado solicitar la prórroga de la misma dentro de los seis meses anteriores a la expiración de dicho período.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 12 de mayo de 1993

JUAN JOSE LOPEZ MARTOS

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Arquitectura y Vivienda, Director General de Infraestructuras y Servicios del Transporte, Director General de Obras Hidráulicas, Director General de Ordenación del Territorio, Director General de Urbanismo y Delegados Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

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