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La Ley 1/91 de 3 de Julio sobre el Patrimonio Histórico de Andalucía, supone la culminación de un proceso iniciado en el Estatuto de Autonomía respecto a la protección y realce del Patrimonio Histórico como uno de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma.
Por otro lado, la implantación de la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo contempla entre otras cosas, la renovación de las prácticas docentes y la diversificación de los recursos educativos. Asimismo, el establecimiento de las Enseñanzas en Andalucía mediante los Decretos 105, 106, y 107 de 9 de Junio de 1992 (BOJA. de 20 de Junio), define el marco curricular en que debe encuadrarse el conocimiento de nuestro Patrimonio Histórico.
Igualmente, la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 22 de Julio de 1992 (BOJA. de 20 de agosto) por la que se aprueban los objetivos y funcionamiento del Programa de Cultura Andaluza, establece la necesidad de difundir dentro de la Comunidad Educativa el conocimiento de la Cultura Andaluza.
El Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado y la Dirección General de Bienes Culturales, conscientes de la necesidad de arbitrar los medios para impulsar la transmisión del legado cultural y artístico de Andalucía y profundizar en la función educativa del Patrimonio Histórico, han resuelto:
Primero.- Los Gabinetes Pedagógicos de Bellas Artes se atendrán para su funcionamiento a las normas contenidas en la presente Resolución.
Segundo.- Los objetivos básicos que habrán de orientar las actuaciones de los Gabinetes Pedagógicos serán:
1. Asesoramiento del profesorado en la didáctica del Patrimonio Histórico.
2. Elaboración del programa de Difusión sobre el Patrimonio Histórico.
3. Asesoramiento y coordinación de las visitas subvencionadas que realicen los centros escolares al Patrimonio Histórico andaluz.
4. Elaboración de material curricular sobre el Patrimonio Histórico andaluz.
Tercero.- A comienzos de cada curso escolar, los Gabinetes Pedagógicos de Bellas Artes elaborarán sus planes de trabajo de acuerdo con los objetivos contenidos en el anexo I de esta Resolución.
Cuarto.- Una vez elaborados, los planes de trabajo serán remitidos en la primera quincena de Octubre a las Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia y de Cultura y Medio Ambiente. Estas, previo informe, los habrán de remitir al Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado y a la Dirección General de Bienes Culturales respectivamente, durante la segunda quincena del mes de Octubre, para su aprobación, si procede.
Quinto.- Al finalizar el curso académico, los Gabinetes Pedagógicos de Bellas Artes habrán de elaborar una memoria sobre la realización del plan de trabajo que será remitida al Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado y a la Dirección General de Bienes Culturales, a través de las respectivas Delegaciones Provinciales antes del 15 de Julio.
En la citada memoria habrá de incluirse el material didáctico elaborado o reelaborado durante el curso escolar.
Sexto.- A efectos de la realización por el personal docente con destino en los Gabinetes Pedagógicos de las actividades incluídas en los Planes de trabajo y relacionadas con los objetivos básicos de tipo educativo mencionados en el apartado segundo de esta Resolución éstas se llevarán a cabo bajo la coordinación y supervisión del Servicio de Ordenación Educativa de las Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia.
Séptimo.- Los Gabinetes Pedagógicos de Bellas Artes informarán a través de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia a todos los centros docentes, a excepción de los universitarios, de los recursos y servicios que ofrecen así como los procedimientos para acceder a los mismos. Dicha información deberá estar en los centros con la suficiente antelación para que puedan ser programadas adecuadamente las actividades correspondientes en los mismos y en cualquier caso antes del 30 de Octubre.
Octavo.- La participación de los Gabinetes Pedagógicos de Bellas Artes en actividades de perfeccionamiento del profesorado habrá de realizarse dentro de lo dispuesto de manera general para la programación y funcionamiento de las actividades de formación permanente del profesorado por la Consejería de Educación y Ciencia. En este aspecto, el personal docente destinado en los Gabinetes, desempeñará, en lo relativo a lo fijado en esta Resolución sobre asesoramiento del profesorado y elaboración de material curricular, las mismas funciones que las establecidas en el apartado undécimo de la que se regula el Orden de 20 de Mayo de 1992 (BOJA de 18 de Julio) por la que se regula el funcionamiento de los Centros de Profesores técnicos de área o nivel.
Noveno.- El personal docente que ejerce sus funciones en los Gabinetes Pedagógicos, habrán de participar en las actividades de formación que dentro del programa de Formación de Asesores, realice el Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado.
Décimo.- En todo material elaborado por los Gabinetes Pedagógicos de Bellas Artes y en aquél en cuya realización colaboren, deberá aparecer de forma expresa el anagrama de la Junta de Andalucía y referencia explícita a la Consejería de Educación y Ciencia y de Cultura y Medio Ambiente. Asimismo, habrá de cumplirse lo establecido para las publicaciones en el "Programa de identidad corporativa" de la Junta de Andalucía.
Undécimo.- Con carácter previo a su difusión, todo el material didáctico elaborado por los Gabinetes Pedagógicos deberá ser remitido al Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado y a la Dirección General de Bienes Culturales, para su aprobación.
Duodécimo.- Para la elaboración del horario del personal docente con destino en los Gabinetes Pedagógicos, habrá de tenerse en cuenta lo siguiente:
a) El mencionado personal que desarrolla sus funciones en los Gabinetes Pedagógicos de Bellas Artes, de acuerdo con la Orden de 4 de Septiembre de 1987 (BOJA 11-9-97) tendrá un horario de treinta horas semanales de dedicación directa a los mismos, destinando el horario semanal de no obligada permanencia a su perfeccionamiento profesional, participación en reuniones de trabajo, etc.
b) Los Gabinetes Pedagógicos realizarán la propuesta de horario para el curso teniendo en cuenta que se distribuirá preferentemente por las tardes con objeto de facilitar su atención al profesorado. En cualquier caso se tendrá en cuenta el horario de los organismos donde los Gabinetes tengan su sede. La presentación de la citada propuesta en las Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia, se hará en los primeros quince días de Octubre.
c) Dicho horario será aprobado por las Delegados Provinciales respectivos, previo informe de la Inspección educativa.
Decimotercero.- Las Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia y de Cultura y Medio Ambiente, velarán por el cumplimiento de la presente Resolución, realizándose el seguimiento de la misma por los servicios respectivos y según las instrucciones específicas que se dicten al efecto.
Décimocuarto.- La sede de los Gabinetes Pedagógicos de Bellas Artes será la que figura en el anexo II de esta disposición.
Decimoquinto.- La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación.
Sevilla, 30 de marzo de 1993.- El Director, José Rodríguez Galán, El Director General, José Guirao Cabrera.
ANEXO I
1. ASESORAMIENTO DEL PROFESORADO EN LA DIDACTICA DEL PATRIMONIO HISTORICO.
El Patrimonio Histórico de Andalucía es un recurso didáctico inestimable con grandes posibilidades para producir aprendizajes significativos e interdisciplinares. Es tarea de los Gabinetes Pedagógicos de Bellas Artes orientar al profesorado en el desarrollo de lo establecido en los Decretos de Enseñanza de Andalucía en el ámbito del Patrimonio Histórico.
1.1. Todo ello se realizará en función de los siguientes OBJETIVOS ESPECIFICOS:
a) Asesorar a los equipos docentes en la inserción del Patrimonio Histórico en los proyectos curriculares de Centro y de Etapa.
b) Facilitar al profesorado el conocimiento de nuestro Patrimonio Histórico, potenciando su uso como recurso didáctico integrado en los proyectos curriculares de Centro, dentro de lo establecido al respecto en los Decretos de Enseñanza de Andalucía.
c) Potenciar la utilización del modelo didáctico investigativo de acuerdo con las orientaciones metodológicas contenidas en el anexo I de los Decretos de Enseñanza de Andalucía.
d) Posibilitar la participación del profesorado en el diseño de material didáctico sobre el Patrimonio Histórico del entorno escolar, fomentando la creación de grupos de trabajo.
1.2. De acuerdo con los objetivos expuestos, los Gabinetes Pedagógicos de Bellas Artes desarrollarán entre otras, las siguientes
ACTIVIDADES:
a) Participación en las actividades de perfeccionamiento del profesorado relacionadas con el Patrimonio Histórico, según lo establecido en el punto séptimo de la presente Resolución.
b) Realización de reuniones de trabajo para la fijación de estrategias de actuación que potencien el contacto de los centros escolares con el Patrimonio Histórico más cercano.
c) Asesoramiento y/o colaboración con equipos docentes, grupos de trabajo, seminarios permanentes, etc. sobre la elaboración de proyectos curriculares de Centro en lo relacionado con la inserción en los mismos del Patrimonio Histórico andaluz y sobre otros temas relacionados con el mismo.
2. ELABORACION DEL PROGRAMA DE DIFUSION DEL PATRIMONIO HISTORICO
Es intención prioritaria de la Dirección General de Bienes Culturales la elaboración de un programa de difusión del Patrimonio Histórico Andaluz.
Dicho programa se realizará de acuerdo con los criterios establecidos en el Plan General de Bienes Culturales y siguiendo las directrices de la Dirección General de Bienes Culturales.
El Plan General de Bienes Culturales en su programa de Difusión del Patrimonio Histórico, considera que "...el contacto de la población con el Patrimonio Histórico es una de las medidas más eficaces de protección y de respeto hacia aquél...".
Por otra parte, la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía en su preámbulo reitera esta idea al afirmar que la mejor garantía de la conservación y enriquecimiento de dicho Patrimonio será la adecuada difusión.
El Plan General aconseja "...evitar el carácter exclusivamente urbano de la programación cultural..." mientras que la Ley incide en este aspecto al afirmar que "todos los esfuerzos destinados a extender el acceso y conocimiento de los bienes que lo integran por la colectividad, reduciendo las desigualdades históricas de origen socioeconómico o territorial, tendrán como resultado que las generaciones futuras puedan disfrutar de un Patrimonio que hemos recibido y tenemos la responsabilidad de transmitirles acrecentado".
Para el desarrollo de este programa de difusión se tendrán en cuenta los siguientes
OBJETIVOS ESPECIFICOS:
a) Valorar prioritariamente los elementos patrimoniales que corren mayor peligro (por ejemplo yacimientos arqueológicos sometidos a expolio, monumentos afectados por la contaminación, etc.).
b) Resaltar el Patrimonio más cercano a cada Comunidad, respetando al entorno.
c) Despertar la conciencia de la solidaridad y el espíritu crítico.
Para la consecución de los objetivos expuestos, y siguiendo las instrucciones que dicte al efecto la Dirección General de Bienes Culturales, los Gabinetes, Departamentos Educativos y demás instrucciones u organismos que se determinen realizarán las siguientes
ACTIVIDADES:
a) Coordinación de visitas de escolares y elaboración de material de difusión sobre Conjuntos Históricos y Arqueológicos, Museos, BIC.s de Andalucía en colaboración con conservadores y técnicos de las distintas Delegaciones Provinciales.
b) Coordinación de las visitas de escolares a exposiciones, excavaciones etc. y otras actuaciones de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente y según establece el Decreto de creación de Gabinete.
c) Elaboración de material de difusión sobre dicha actuaciones en colaboración con los técnicos de las Delegaciones Provinciales.
d) Difusión de la Ley de Patrimonio Histórico en cursos para profesores, conferencias escolares etc. en colaboración con los juristas de la Dirección General de Bienes Culturales.
e) Colaboración con los servicios de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente para mejorar didácticamente los sistemas de exposición en museos, yacimientos, conjuntos, etc., mediante señalizaciones, paneles informativos, etc.
f) Participación en Jornadas Europeas de Patrimonio, días del Museo, otras conmemoraciones, etc.
g) Colaboración con otras entidades como Ayuntamientos, Diputaciones, etc., en temas relacionados con la difusión del Patrimonio.
3. ELABORACION DE MATERIAL CURRICULAR SOBRE EL PATRIMONIO HISTORICO ANDALUZ REFERIDO PRIORITARIAMENTE A LA EDUCACION PRIMARIA
La implantación de la LOGSE. en la Educación Primaria durante el curso 1992-93, hace necesario la elaboración de material curricular de apoyo dirigido eminentemente a esta Etapa, de acuerdo con los Decretos de Enseñanza de Andalucía y con las directrices emanadas a tal efecto del Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado.
3.1. Para una mayor racionalización de las tareas que conlleva la elaboración de material didáctico, se hace necesario la distinción de tres niveles en su concepción y elaboración.
a.- El primer nivel corresponderá a un material curricular de carácter genérico aplicable a los distintos entes patrimoniales, que sirva al profesor como marco para el análisis, estudio o uso didáctico de los mismos.
El diseño y la elaboración de estos materiales se llevará a cabo por el Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado.
b.- El segundo nivel estará constituido por materiales didácticos de apoyo al profesorado de la provincia, referido al Patrimonio Histórico de mayor relevancia provincial y de interés más general.
La elaboración y/o reelaboración de estos materiales se hará por los Gabinetes Pedagógicos de Bellas Artes, teniendo en cuenta las orientaciones de carácter didáctico y según los criterios establecidos por el Instituto Andaluz de Evaluación y Formación del Profesorado relativos a la práctica docente.
c.- El tercer nivel corresponderá a materiales referidos al Patrimonio Histórico más cercano al entorno escolar, y de interés más centrado en la localidad.
La elaboración de este material se realizará por grupos de trabajo de profesores coordinados y/o asesorados por los Gabinetes Pedagógicos de Bellas Artes.
3.2. El material didáctico de apoyo y orientación al profesorado habrá de elaborarse de acuerdo con los siguientes
OBJETIVOS ESPECIFICOS:
a) Facilitar la aplicación de un modelo didáctico sobre Patrimonio Histórico basado en los Decretos de Enseñanza de la Consejería de Educación y Ciencia.
b) Potenciar su carácter abierto, ofreciendo alternativas y posibilidades distintas que permitan al profesorado la determinación y selección de su propio material de trabajo.
c) Teniendo en cuenta la variedad de soportes que pueden utilizarse en una propuesta abierta de material curricular referido al Patrimonio Histórico, hay que concebir y ofertar esta propuesta en su globalidad de forma que los diversos soportes utilizados (vídeo, diapositivas, maquetas, material informático, material impreso), referidos a un tema patrimonial concreto, hayan sido elaborados bajo una perspectiva global y común.
d) Contemplar en los materiales didácticos, contenidos de carácter conceptual, actitudinal y procedimental así como propuestas de actividades que potencien el aprendizaje significativo en el aula y fuera de ella en contacto con el Patrimonio Histórico.
e) Conseguir que la información sobre el Patrimonio contenida en el material didáctico, sea útil para el profesor como instrumento de trabajo en el aula, sin menoscabo del rigor científico y actualización de datos sobre el contenido del Patrimonio Histórico.
3.3. Para la consecución de los anteriores objetivos, los Gabinetes Pedagógicos de Bellas Artes desarrollarán entre otras, las siguientes
ACTIVIDADES:
a) Elaboración de material de apoyo sobre Patrimonio Histórico de mayor relevancia provincial y de interés más general, dirigido prioritariamente a Educación Primaria y en segundo lugar al segundo ciclo de Educación Secundaria obligatoria.
b) Elaboración de material didáctico experimental de ámbito provincial sobre Patrimonio etnográfico y documental, teniendo en cuenta las distintas etapas educativas.
c) Revisión del material didáctico ya elaborado en función de lo establecido en los Decretos de Enseñanza de Andalucía.
d) Elaboración de Talleres de Cultura Andaluza sobre Patrimonio Histórico según lo que establezca al efecto el Instituto Andaluz de Evaluación y Formación del Profesorado.
e) Coordinación y/o asesoramiento a los profesores para que elaboren sus propios materiales sobre el Patrimonio más cercano al entorno escolar.
4. ASESORAMIENTO Y COORDINACION DE LAS VISITAS SUBVENCIONADAS QUE REALICEN LOS CENTROS ESCOLARES AL PATRIMONIO HISTORICO
Las singularidades del entorno patrimonial son elementos de referencia que refuerzan la identidad cultural. La Consejería de Cultura y Medio Ambiente a través de los Gabinetes Pedagógicos de Bellas Artes subvenciona actividades para el conocimiento y difusión de nuestro Patrimonio Histórico entre la Comunidad Escolar.
4.1. Para el desarrollo de lo anterior, los Gabinetes Pedagógicos habrán de tener en cuenta los siguientes
OBJETIVOS ESPECIFICOS:
a) Contribuir al afianzamiento de la conciencia de identidad andaluza.
b) Ofertar al profesorado la oportunidad de reflexionar sobre las posibilidades didácticas que ofrece el Patrimonio Histórico andaluz.
c) Propiciar la necesidad de insertar las visitas al Patrimonio en los proyectos curriculares de Centro, evitando el carácter puntual y anecdótico de las mismas.
4.2. Para la realización de estos objetivos los Gabinetes Pedagógicos desarrollarán entre otras, las siguientes
ACTIVIDADES:
a) Elaboración de boletines u hojas informativas sobre las actividades que realizan los Gabinetes Pedagógicos.
b) Convocatoria y selección de proyectos de centros escolares, a excepción de los universitarios, para viajes subvencionados, valorando su inserción en el currículum.
c) Coordinación y asesoramiento de las actividades subvencionadas.
d) Valoración de las actividades subvencionadas analizando su grado de aceptación entre el profesorado a través de encuestas y cuestionarios.
5. EVALUACION
La evaluación de las distintas actividades llevadas a cabo por los Gabinetes Pedagógicos tendrá carácter continuo con la participación de los distintos miembros de la Comunidad Educativa, atendiendo fundamentalmente a los progresos y resultados prácticos de la actuación de los Gabinetes y por otro lado a la valoración del proceso seguido, revisando planteamientos (objetivos previstos, adecuación de las actividades a los objetivos y metodología empleada), modificando las posibles deficiencias y superando dificultades encontradas. Para ello habrán de utilizarse instrumentos adecuados tales como cuestionarios, fichas de observación, datos estadísticos etc.
ANEXO II
GABINETES PEDAGOGICOS DE BELLAS ARTES DE ANDALUCIA
ALMERIA
Delegación Provincial de Cultura y Medio Ambiente.
C/ Hermanos Machado, 4. Edificio Múltiple, 7. planta. DP. 04004 Tlf.: 951-235010
CADIZ
Museo Provincial.
C/ Antonio López, 4. DP. 11004. Tlf.: 956-214300.
CORDOBA
Delegación Provincial de Cultura y Medio Ambiente.
C/ Eduardo Lucena, 7, planta 2. A. DP. 14071 Tlf.:957-482676.
GRANADA
Museo Arqueológico Provincial.
Carrera del Darro, 43. DP. 18010. Tlf.:958-225603.
HUELVA
Delegación Provincial de Cultura y Medio Ambiente.
Avda. Manuel Siurot, 6. DP. 21004. Tlf.: 955-255700.
JAEN
Museo Provincial.
Paseo de la Estación, 29. DP. 23008. Tlf.: 953-250320.
MALAGA
Delegación Provincial de Cultura y Medio Ambiente.
C/ Herrera Oria, 88. DP. 29007. Tlf.: 95-2287850.
SEVILLA
Biblioteca Pública.
C/ Alfonso XII, 19. DP. 41001. Tlf.: 95-4217332.
COORDINACION CENTRAL
Consejería de Educación y Ciencia.
Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado. Avda. República Argentina, 24. Planta 11. DP. 41011. Tlf.: 95-4277756. Sevilla.
Consejería de Cultura y Medio Ambiente.
Dirección General de Bienes Culturales.
Cuesta del Rosario, 8. DP. 41004. Tlf.: 95-4216706. Sevilla.
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