Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 31/5/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 25 de mayo de 1993, por la que se concede subvención de seis millones ciento sesenta mil setecientas quince pesetas al Ayuntamiento de Puebla de Don Fadrique (Granada), para finalizar la obra que se cita.

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Los incendios forestales constituyen una calamidad pública, tanto en lo económico como en lo social por la gravedad de las pérdidas humanas y materiales que originan cada año, contribuyendo a degradar la calidad de vida de la población. Conscientes de que la falta de medios en la lucha contra los incendios es una de las principales causas de la gravedad de los daños que éstos ocasionan, y en virtud de las actuaciones que en materia de protección civil le corresponde a la Consejería de Gobernación según el art. 14 de la Ley 2/1985 de 21 de enero, y a tenor de lo dispuesto en la Ley 4/1992, de 30 de diciembre de Presupuesto de la C.A.A. para 1993.

D I S P O N G O

Artículo 1º. Conceder al Excmo. Ayuntamiento de Puebla de Don Fadrique una subvención de seis millones ciento sesenta mil setecientas quince (6.160.715 ptas.) para el carrozado de un chasis cedido por la Dirección de Protección Civil para su transformación en autobomba forestal, declarándose específica por razón de su objeto, obviándose por tanto la concurrencia, a tenor de las determinaciones establecidas por el Programa de Concesión de Chasis por la Dirección General de Protección Civil para su transformación en vehículos forestales.

Artículo 2º. Una vez recepcionado el vehículo, el Excmo. Ayuntamiento de Puebla de Don Fadrique garantizará el buen funcionamiento y uso del mismo, a cargo de personal debidamente cualificado, así como de su conservación y cuido.

Artículo 3º. La subvención objeto de esta norma será justificada mediante la presentación acreditativa de haber sido registrado el vehículo en el Inventario de Bienes del Excmo. Ayuntamiento de Puebla de Don Fadrique, así como certificado de ingreso en la Contabilidad del Aytº. por el importe de la subvención de conformidad con lo establecido en el Art. 38 del Real Decreto 149/1988, de 5 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía. Esta documentación se presentará en los plazos previsto en el art. 41 del Decreto 149/1988 de 5 de abril.

Artículo 4º. Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a los efectos consiguientes.

Sevilla, 25 de mayo de 1993

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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