Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 75 de 13/7/1993

5. Anuncios5.1 Subastas y concursos de obras, suministros y servicios públicos

Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE ALMERIA

ANUNCIO de subasta de bienes inmuebles.

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D. Eugenio J. Renedo Varela, Jefe de la Unidad de Recaudación de Berja, dependiente del Servicio Provincial de Gestión Tributaria y Recaudación de la Excma. Diputación Provincial de Almería.

HACE SABER:

Que en el expediente individual de apremio que se instruye contra el deudor Don Manuel Fernández Peña, con D.N.I. nº

75.186.535, por débito de sanción de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, cuyo importe asciende a seis millones una (6.000.001) pesetas de principal más recargo de apremio, sin incluir intereses de demora y costas devengadas; dictó con fecha 18 de junio de 1993 providencia de venta de bienes inmuebles embargados al citado deudor, de acuerdo con las indicaciones del art. 146.1 del Reglamento General de Recaudación, de 20 de diciembre de 1990.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en la subasta, lo siguiente:

Primero. La celebración de la subasta en primera licitación se realizará, una vez cumplido el plazo establecido en el art,. 146.3 del Reglamento General de Recaudación, el día 16 de agosto de

1993, a las nueve de la mañana en la Sala de Juntas de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía sita en la Pza. Conde Ofalia en Almería, bajo la presidencia del Tesorero de la Consejería de Economía y Hacienda en Almería de la Junta de Andalucía.

Segundo. Que los bienes inmuebles a enajenar responden al siguiente detalle:

Edificio de planta baja y alta, destinado a restaurante-discoteca, de superficie construida de trescientos noventa y seis metros y setenta y siete decímetros cuadrados. El solar ocupado es de doscientos treinta y nueve metros cuadrados y está situado en el vértice sur de la finca.

Inscrita al folio 78 del libro 142 de Adra, finca número

21.043, inscripción 5ª.

Cargas reales, gravámenes y situaciones jurídicas y de sus titulares que han de quedar subsistentes: Ninguna, según certificación del Sr. Registrador de la Propiedad de Berja, de fecha 3 de febrero de 1992.

Tercero. El tipo de la subasta en primera licitación se fija en veinte millones seiscientas setenta y seis mil cincuenta y una (20.676.051) pesetas.

No se admitirán proposiciones inferiores a este tipo.

Cuarto. Los tramos para la licitación serán de cien mil (100.000) pesetas, comenzando por el tipo de la subasta.

Quinto. Que todo licitador habrá de constituir ante la Mesa de subasta fianza, al menos, del 20 por 100 del tipo de aquélla, en dinero o cheque conformado a favor de la Tesorería General de la Junta de Andalucía, hasta una hora antes del comienzo de la subasta, depósito éste que se ingresará en firme en la Caja de la Tesorería General de la Junta de Andalucía si los adjudicatarios no hacen efectivo el precio del remate en los cinco días siguientes al de la adjudicación, sin perjuicio de la responsabilidad en que podrán incurrir por los mayores perjuicios que sobre el importe de la fianza originase la inefectividad de la adjudicación. Una vez iniciada la subasta, el presidente de ésta podrá acordar el plazo que estime conveniente al objeto de que el público asistente que lo deseé pueda constituir fianza ante la Mesa de subasta, en la cuantía y forma más arriba detallada, e intervenir en la licitación.

Sexto. Que la subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes, si se hace el pago de la deuda, intereses y costas del procedimiento.

Séptimo. Que el rematante deberá entregar en el acto de la adjudicación o dentro de los cinco días siguientes la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación.

Octavo. Que los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de subasta hasta una hora antes del comienzo de ésta. dichas ofertas, que tendrán el carácter de máximas, serán registradas en el Registro General de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, y deberán ir acompañadas de

cheque conformado, extendido a favor de la Tesorería General de la Junta de Andalucía, por el importe del 20 por ciento del tipo de la subasta. Los licitadores en sobre cerrado, podrán participar personalmente en la licitación con posturas superiores a la del sobre.

Noveno. En el supuesto de concurrencia de varias ofertas en sobre cerrado, comenzará la admisión de posturas a partir de la segunda más alta de aquéllas, y será adjudicataria la postura más alta, por el tramo superior a la segunda, en el caso de no existir otras ofertas.

Décimo. Se advierte al deudor, a su cónyuge, a los acreedores hipotecarios, terceros poseedores y demás interesados en este procedimiento ejecutivo de apremio administrativo, de tenerlos por notificados con plena virtualidad por medio del presente anuncio de subasta, para el supuesto de no ser posible la notificación personal a los mismos.

Undécimo. Que no se ha suplido previamente la falta de

titulación, debiéndose conformar los licitadores con los títulos obrantes en el expediente, sin derecho a exigir otros, encontrándose de manifiesto aquéllos en la Unidad de Recaudación de

Berja, situada en C/ Manuel Salmerón nº 96 de la misma localidad, al objeto de poder ser examinados, de lunes a viernes

entre las 9 h. y 14 h, hasta el día anterior a la subasta. Los rematantes podrán promover su inscripción en el Registro de la Propiedad de los bienes inmuebles, por los medios establecidos en el Título VI de la Ley Hipotecaria.

Duodécimo. Que finalizada la primera licitación sin haberse adjudicado el bien, la Mesa de subasta podrá acordar la celebración de una segunda licitación fijando el día, hora y lugar, previa deliberación sobre la conveniencia de la misma. En tal caso, el tipo será del 75 por 100 del tipo de la primera, abriéndose el plazo que el presidente de la Mesa de subasta estime oportuno antes del comienzo de la segunda licitación a fin de que los licitadores puedan constituir ante la Mesa de subasta el preceptivo depósito de garantía de al menos un 20 por 100 del nuevo tipo de subasta, en metálico o cheque conformado a favor de la Tesorería General de la Junta de Andalucía, sirviendo al efecto los depósitos efectuados anteriormente. Cuando fuesen declaradas desiertas la licitación en primera y segunda subasta, se procederá a la adjudicación directa de los bienes embargados conforme al procedimiento establecido en el art. 150 del Reglamento General de Recaudación.

Decimotercero. En el supuesto de no haber licitadores, la Junta de Andalucía se reserva el derecho de pedir la adjudicación del inmueble que no hubiese sido objeto de remate en

segunda licitación ni posible venta directa, por valor igual al débito perseguido, sin que exceda del 75 por 100 del valor que sirvió de tipo inicial en el proceso de enajenación.

Decimocuarto. Caso de que hubiese de suspenderse por

causa de fuerza mayor la subasta en primera licitación o en segunda, si ésta se acordare, se trasladará su celebración al mismo día de la semana siguiente, en el mismo lugar y hora.

Decimoquinto. Conforme al artículo 148.2 del Reglamento General de Recaudación, todos los componentes de la Mesa de subasta podrán ser sustituidos.

Berja, 21 de junio de 1993.- El Jefe de la Unidad

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