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Estando previsto que el Delegado Provincial de la Consejería de Salud en Granada, disfrute de sus vacaciones reglamentarias durante el periodo comprendido entre el 1 de agosto al 15 de agosto, ambos inclusive, y siendo preciso disponer lo oportuno en orden a su suplencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. D I S P O N G O
Durante el periodo de tiempo comprendido entre el día 1 de agosto y el 15 de agosto de 1993, el Delegado Provincial de la Consejería de Salud en Granada, será suplido temporalmente por el Director Provincial de Atención Sanitaria de la Gerencia Provincial del Servicio Andaluz de Salud en Granada. Sevilla, 5 de julio de 1993
JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA Y TORNERO
Consejero de Salud
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