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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para
general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 8 de febrero de
1993, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso
Contencioso_Administrativo núm. 1287/90, promovido por Construcciones Negro y Torres, S.L. sobre Sanción
cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Procuradora Doña María Gómez Sánchez
en nombre y representación de Construcciones Negro y Torres Sociedad Limitada contra la Resolución de la
Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo y Fomento de la Junta de
Andalucía de 3 de julio de 1990 que en alzada confirmó la Resolución de la Delegación Provincial de la
Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía de 20 de febrero de
1990 dictada en el
Expediente SH_658/89 por la que se le imponía la sanción de cien mil pesetas por aparecer tales actos
conformes a Derecho, sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 19 de julio de 1993._El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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