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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para
general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 30 de julio de
1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso
Contencioso_Administrativo núm. 58/91, promovido por Unión Alcoholera Española S.A. sobre Sanción cuyo
pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Se desestima el recurso interpuesto por «Unión Alcoholera Española, S.A.¯ contra la resolución de 11 de
junio de 1990 de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía que
desestimó el recurso de alzada contra resolución de la Delegación Provincial de Granada de 4 de diciembre
de 1989, recaída en expediente sancionador ST 369/89, que impuso a la recurrente sanción de 500.001
pesetas por infracción social muy grave. Cuyos actos declaramos ajustados a Derecho. Sin expresa
imposición de costas a ninguna de las partes.
Sevilla, 26 de julio de 1993._ El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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