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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Málaga, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O:
Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Ayuntamiento de Ronda (Málaga)
Concepto Tarifas Autorizadas IVA incluido
Cuota fija o de Servicio
Calibre Contador mm.
13 mm 207 Ptas/mes.
15 mm 382 Ptas/mes.
20 mm 678 Ptas/mes.
25 mm 1.129 Ptas/mes.
30 mm 1.807 Ptas/mes.
40 mm 2.825 Ptas/mes.
50 mm 3.954 Ptas/mes.
65 mm 6.773 Ptas/mes. Dotación incendio 4.516 Ptas.
CONSUMO DOMESTICO:
CUOTA VARIABLE O DE CONSUMO
Hasta 10 m3/mes 38'16 Ptas/m3. Bonificación jubilados hasta 10 m3/mes 27'56 Ptas/m3. Más de 10 m3 hasta 20 m3/mes 46'64 Ptas/m3. Más de 20 m3 en adelante m3/mes 72'08 Ptas/m3.
CONSUMO INDUSTRIAL Y COMERCIAL:
CUOTA VARIABLE O DE CONSUMO
Hasta 10 m3/mes 57'24 Ptas/m3. Más de 10 m3 en adelante m3/mes 79'50 Ptas/m3
ORGANISMOS OFICIALES:
Tarifa especial para centros de beneficencia que tengan reconocido dicho carácter y dependencias municipales, autonómicas o estatales.
Tarifa única/mes 46'27 Ptas/m3.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 17 de agosto de 1993
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Economía y Hacienda
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