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En el marco de la nueva reglamentación contenida en la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo en orden a la consecución de los objetivos encomendados a la Inspección Educativa, de conformidad con lo previsto en el artículo
4, apartados b) y c) de la Orden de 2 de marzo de 1983, por la que se convocaban plazas de Inspectores de Formación Profesional para ser cubiertas con carácter extraordinario, y en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente
D I S P O N G O
1º. Cesar a D. Joaquín Rodríguez Bernal en el desempeño de un puesto de Inspector de Formación Profesional con carácter extraordinario en la Provincia de Cádiz, en situación de comisión de servicios, para el que fue nombrado por Orden de 31.8.83 (BOJA 19.9.83).
2º. En consecuencia, el citado funcionario, al cesar en la situación de comisión de servicios, se deberá reincorporar a su puesto de trabajo que como personal docente tenga reservado en su caso.
3º. Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia en Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 110.3 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 10 de enero de 1994.- El Consejero, (P.O.D. de
17.2.88), El Viceconsejero, Juan Carlos Cabello Cabrera.
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