Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 2/7/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 28 de junio de 1994, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se hacen públicos los listados definitivos de beneficiarios y excluidos de anticipos para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, ejercicio de 1994.

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La Orden de la Consejería de Gobernación de 14 de diciembre de 1992 (BOJA del 24), modificada parcialmente por la de 1 de octubre de 1993 (BOJA del 14), reguló la concesión de anticipos reintegrables al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía. La Disposición Final Primera de la primera Orden citada faculta a esta Secretaría General para la Administración Pública a dictar las resoluciones oportunas y a realizar cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y aplicación de dicha norma.

Asimismo, por Resolución de esta Secretaría General para la Administración Pública, de 28 de abril de 1994 (BOJA del 4 de mayo) se hicieron públicos los listados provisionales de admitidos y excluidos para la concesión de los mencionados anticipos y se distribuyó por ámbitos de personal el crédito habilitado al efecto para el presente ejercicio de 1994. Vistas las reclamaciones efectuadas contra dichos listados provisionales, procede publicar los listados definitivos de beneficiarios y excluidos. En su virtud, esta Secretaría General para la Administración Pública.

HA RESUELTO

Primero.Publicar los listados definitivos del personal laboral y del personal funcionario y no laboral, respectivamente, al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía beneficiario de anticipos reintegrables del ejercicio de 1994, ordenado alfabéticamente.

Segundo.Publicar los listados definitivos del personal laboral y del personal funcionario y no laboral, respectivamente, al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía excluido de la concesión de anticipos reintegrables del ejercicio de 1994, por orden alfabético y con indicación de las causas de exclusión.

Tercero.Los listados a que hacen referencia los puntos anteriores se encuentran expuestos en las Delegaciones de la Consejería de Gobernación en las distintas provincias.

Cuarto.Contra lo establecido en la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo, en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde el día de su publicación, previa comunicación a esta Secretaría General para la Administración Pública, de conformidad con lo establecido en los artículos

57, 2º y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.

Sevilla, 28 de junio de 1994.-La Secretaria General, Carmen Capitán Carmona.

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