Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 102 de 6/7/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 13 de junio de 1994, por la que se resuelve la convocatoria de concesión de ayudas para la realización de intercambios de profesores de niveles no universitarios dentro del marco del programa de intercambio de profesores de la Unión Europea.

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De acuerdo con lo establecido en la Orden de 25 de marzo de 1994 («Boletín Oficial del Estado« del 7 de abril), por la que se convocan ayudas para la realización de intercambios de Profesores de niveles no universitarios, dentro del marco del Programa de Intercambio de Profesores de la Unión Europea, y una vez efectuada la selección de los Profesores solicitantes, esta Consejería ha resuelto:

Primero.Nombrar candidatos titulares para la concesión de ayudas económicas para la realización del intercambio a los participantes que se relacionan en el anexo I de la presente Orden.

Segundo.Nombrar candidatos suplentes a los participantes que se relacionan en el anexo II de la presente Orden, al objeto de prever posibles renuncias de los titulares.

Tercero.Excluir a los participantes que se relacionan en el anexo III de la presente Orden, por alguna de las siguientes causas:

1.Haber presentado la solicitud fuera de plazo.

2.No cumplir los requisitos descritos en la convocatoria.

Cuarto.1.De conformidad con el punto séptimo.2 de la Orden de 25 de marzo, la Subdirección General de Cooperación Internacional procederá a determinar los Profesores con los que se efectuarán los correspondientes intercambios, armonizando, siempre que sea posible, las opciones indicadas por los interesados con la oferta de Profesores extranjeros que se reciba del resto de los países comunitarios. El resultado de tales actuaciones será notificado oportunamente a los interesados.

2.La adjudicación de intercambios se efectuará teniendo en cuenta los criterios de idoneidad entre escuelas, niveles de enseñanza y asignaturas impartidas, al objeto de plantear experiencias con mayores posibilidades de éxito. Se procurará, en todo momento, respetar el número de plazas que cada área territorial con competencias educativas tiene concedidas según el punto primero.4 de la Orden de 25 de marzo.

3.Al ser la reciprocidad la base fundamental del Programa, no se generará compromiso de concesión cuando, a juicio del Ministerio de Educación y Ciencia, no sea posible establecer la contraparte adecuada, o cuando la oferta de candidaturas de otros Estados miembros no sea suficiente para satisfacer la demanda.

Iguales condiciones regirán cuando un candidato titular rechace el intercambio que le sea inicialmente adjudicado, por los motivos que fuere.

4.Los intercambios podrán llevarse a cabo a lo largo del curso escolar

1994/1995 y, en cualquier caso, hasta el 30 de junio de 1995. Las fechas concretas serán elegidas por los propios participantes, de común acuerdo con sus contrapartes, y siempre respetando las necesidades de sus Centros respectivos.

Quinto.En caso de producirse la renuncia de alguno de los candidatos se comunicará a la Subdirección General de Cooperación Internacional en el plazo de diez días a partir de la fecha de publicación de la presente Orden, a fin de que esta eventualidad pueda ser tenida en cuenta para la correspondiente adjudicación de intercambios. Las renuncias que se produjeran durante el desarrollo del año académico deberán ser comunicadas inmediatamente a la Subdirección General mencionada.

Sexto.Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de su notificación, recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia conforme a lo establecido en los artículos

37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 13 de junio de 1994

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia, en funciones

ANEXOI

Relación de candidatos titulares

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

ANEXOII

Relación de candidatos suplentes

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

ANEXOIII

Relación de candidatos excluidos

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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