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De conformidad con el artículo 7.4 del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, y como consecuencia de la oferta de sometimiento al sistema Arbitral de Consumo, a través de la Junta Arbitral de Consumo realizada por las empresas «C.O.L.U.S.A.«, «Tubogás, S.L.«, «Comercial Barrera, S.A.«, «Sevillana de Quesos, S.A.«, «Compañía Antequerana de Limpieza«, «Cerámica Campanillas, S.C.A.«, «Pikolín, S.A.«, «Fujitsu, España, S.A.«, «Terogás, S.L.«, «Textil Cadena, S.A.«, «RENFE«, «Telefónica de España« y «Correos y Telégrafos«, con números de inscripción de la Junta Arbitral de Consumo de la Junta de Andalucía del 22 al 34, respectivamente, se otorga, a las mismas, el distintivo oficial.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Sevilla, 4 de julio de 1994.-La Presidenta, Amalia Rodríguez Hernández.
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