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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 19 de junio de 1993, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1840/92, promovido por Andas, S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que estimamos parcialmente el recurso interpuesto por la entidad mercantil Andas, S.A. contra las resoluciones que recoge el primero de los antecedentes de hecho de esta sentencia, las que estimamos ajustadas al ordenamiento jurídico salvo en el particular relativo a la infracción apreciada que anulamos y en su lugar estimamos que la misma es la leve señalada en el artículo 9.1 de la Ley 8/1988, por lo que la sanción que corresponde, apreciada en su grado mínimo, es la de diez mil pesetas. Sin costas.
Sevilla, 11 de julio de 1994.-El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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