Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 3/2/1994

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Transportes

DECRETO 11/1994, de 11 de enero, por el que se aceptan las cesiones gratuitas de terrenos y otros inmuebles realizadas por el Instituto Municipal de la Vivienda, antes Patronato Municipal de la Vivienda y Servicios Sociales, del Ayuntamiento de Málaga a la Comunidad Autónoma de Andalucía para destinarlos a la promoción pública de viviendas.

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La Consejería de Obras Públicas y Transportes ha recibido ofertas de cesión gratuitas de terrenos, por parte del Instituto Municipal de la Vivienda (antes Patronato Municipal de la Vivienda y Servicios Sociales) del Excmo. Ayuntamiento de Málaga a la Comunidad Autónoma de Andalucía, para destinarlos a la construcción de viviendas.

La Ley 4/86, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, exige, para las adquisiciones de bienes inmuebles a título lucrativo, la aceptación previa por Decreto del Consejo de Gobierno que, en este caso, deberá ser a propuesta de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, de conformidad con el Decreto del Presidente 130/1986, de 30 de julio, que le atribuye las competencias del Decreto 64/1984, de 27 de marzo.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 11 de Enero de 1994

D I S P O N G O:

Artículo único. Se aceptan las cesiones gratuitas de los bienes inmuebles que se relacionan en el ANEXO, hechas a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía y que tienen como destino la promoción pública de viviendas.

D I S P O S I C I O N E S A D I C I O N A L E S

Primera. Se autoriza al Consejero de Obras Públicas y Transportes para acordar la reversión de los bienes al Patrimonio de la Entidad cedente, en los casos de incumplimiento de los fines para los que fueron cedidos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111 de Reglamento de Bienes de Entidades Locales.

Segunda. Se autoriza al Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Málaga, para la comparecencia ante Notario a fin de elevar a Escrituras Públicas las aceptaciones de terrenos contenidas en el ANEXO, así como las agrupaciones y segregaciones necesarias, en su caso.

D I S P O S I C I O N F I N A L

Se faculta a la Consejería de Obras Públicas y Transportes para dictar las disposiciones y actos que sean necesarios para la ejecución de este Decreto, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

A N E X O

A continuación se relacionan las parcelas cedidas por el Instituto Municipal de la Vivienda (antes Patronato Municipal de la Vivienda y Servicios Sociales) del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, a la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la construcción de viviendas al amparo de los expedientes indicados.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Sevilla, 11 de enero de 1994

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JUAN JOSE LOPEZ MARTOS

Consejero de Obras Públicas y Transportes

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