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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 11 de noviembre de 1994, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 3683/92, promovido por Transportes Generales Comes, S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que estimando parcialmente el recurso contencioso administrativo núm.
3683/92 interpuesto por el Procurador D. Julio Paneque Guerrero en nombre y representación de Transportes Generales Comes, S.A. contra la resolución precitada en el fundamento jurídico primero de esta sentencia, declaramos la nulidad de la sanción de 200.000 pesetas a que se refiere el fundamento jurídico primero de esta sentencia, declaramos la nulidad de la sanción de
200.000 pesetas a que se refiere el fundamento quinto, rebajando hasta las
750.001 pesetas la totalidad de las restantes infracciones. Sin costas.
Sevilla, 8 de septiembre de 1994.-El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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